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martes, 26 de marzo de 2024

Extinción del vínculo en los términos del art. 212, tercer párrafo de la LCT, pues el actor porta una incapacidad laboral y la empleadora no probó la inexistencia de tareas livianas acordes a aquella

Partes: Villanueva Jose Enrique c/ Belclean Servicios Especiales S.A. s/ despido



Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo


Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: IX


Fecha: 19 de febrero de 2024


Colección: Fallos


Cita: MJ-JU-M-149017-AR|MJJ149017|MJJ149017


Más allá de la forma en que ha quedado extinguido el vínculo, lo cierto es que se encuentra acreditada la incapacidad laboral del actor y la empleadora no probó la inexistencia de tareas livianas acordes a aquella.


Sumario:

1.-Corresponde confirmar la resolución que consideró determinada la extinción del vínculo por despido directo injustificado, en los términos del art. 212, tercer párrafo de la LCT, pues más allá de la forma en que ha quedado extinguido el vínculo, lo cierto es que se encuentra acreditada la incapacidad laboral del actor y la empleadora no probó la inexistencia de tareas livianas acordes a aquella.


2.-Ningún elemento aportó la accionada a la causa en cuanto a la acreditación de la inexistencia de tareas razonablemente útiles que el trabajador pudiera desempeñar en la empresa sin perjuicio para su salud, sin que fuera imputable a su parte.