Partes: Llanes Jorge y otros c/ Prevención ART s/ ejecución de honorarios s/ recurso extraordinario provincial
Tribunal: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: Segunda
Fecha: 28 de noviembre de 2023
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-147950-AR|MJJ147950|MJJ147950
El fondo de reserva no es el obligado al pago de los honorarios de los letrados que representaron a la ART liquidada.
Sumario:
1.-El Fondo de Reserva tiene como objetivo abonar las prestaciones que debió cubrir la aseguradora insolvente en el marco de una ley especial, de modo que su función es garantizar al trabajador/a perjudicado/a, las prestaciones debidas por el sistema de la Ley 24.557 en caso de liquidación de la aseguradora, pero ello no implica concretamente garantizar a la misma aseguradora liquidada por todas sus obligaciones a cargo, como es el caso de los honorarios de los abogados/as por ella contratados/as.
2.-La recurrente ha dejado firme la sentencia que dispuso seguir la ejecución de honorarios adelante, en la que se le rechazó expresamente las defensas que intenta remontar mediante el recurso extraordinario provincial y que dejó firme con dicha resolución (del voto en disidencia del Dr. Valerio).


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