La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ofrece beneficios para que los contribuyentes que se pasen del monotributo al régimen general, de forma voluntaria, paguen menos gravámenes en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y en el Impuesto a las Ganancias de este último régimen tributario.
Según explicó la contadora Rocio Zolezzio a través de su cuenta de Instagram, los contribuyentes podrán tener beneficios a la hora de pagar impuestos.
AFIP: ¿cómo pagar menos impuestos?
Zolezzio explicó que los monotributistas de la AFIP que pasen voluntariamente al régimen general o al régimen de responsable inscripto accederán a dos beneficios relacionados al IVA y al Impuesto a las Ganancias.
Para tenerlos, deberán "solicitar su cambio", ya que no es un trámite que realice el ente tributario por su cuenta.
AFIP: ¿cómo acceder a un 50% de descuento en IVA?
En el tema del IVA, señaló que existen dos beneficios. El primero es que "te podes computar el crédito fiscal que hayas pagado en los últimos 12 meses por las compras vinculadas a tu actividad".
El segundo beneficio que ofrece la AFIP es que los adheridos al monotributo podrán hacer uso de una reducción de IVA de hasta 50% durante tres años. El primer año, será de 50%, en el segundo año de 30% y en el tercer año de 10%.
En la misma línea, sumó que se hará efectivo "a partir del próximo año en el cual se solicita". "Si ahora optamos por hacer la renuncia al monotributo y solicitamos el beneficio lo podremos usar en enero del año próximo", explicó.
Según remarcó la contadora, la reducción será aplicada en las declaraciones juradas que se presentan. "Supongamos que el saldo a pagar es de $ 200.000, al aplicar el beneficio en vez de pagar $ 200.000 pagaremos $ 100.000".
AFIP: ¿cómo acceder a beneficios en el Impuesto a las Ganancias?
Los contribuyentes de la AFIP que opten por dejar el monotributo voluntariamente y adherirse al régimen general o al régimen de responsable inscripto, tendrán beneficios al abonar el Impuesto a las Ganancias.
"Se podrá tomar como gastos deducibles las compras realizadas en los últimos 12 meses anteriores a la renuncia o exclusión del monotributo de todos los gastos que hayan sido facturados y sean vinculados a su actividad", subrayó la Zolezzio.
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