Partes: Rodriguez Yanny Hisimhar c/ UTN s/ amparo – ley 16.986
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: I
Fecha: 15 de diciembre de 2022
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-140927-AR|MJJ140927|MJJ140927
Voces: AMPARO – DISCRIMINACIÓN – EXTRANJEROS – CONCURSO DE CARGOS – DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES – IGUALDAD ANTE LA LEY – DOCENTES – DECLARACIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD
El requisito de nacionalidad -argentinos nativos o naturalizados- para ocupar el cargo en la planta permanente de personal no docente es inconstitucional.
Sumario:
1.-Corresponde confirmar la admisión de la acción de amparo promovida por la actora y que declaró la inconstitucionalidad de la Resolución que exige la nacionalidad o naturalización argentina para acceder a cargos públicos pues no resulta adecuada al fin perseguido, y evidencia una falta de justificación suficiente en el marco del art. 16 de la CN (del voto de las Dras. Clara María do Pico y Liliana María Heiland).
2.-Si bien la parte demandada insiste en invocar la autonomía universitaria sin rebatir las consideraciones formuladas en la decisión apelada relativa a los extremos que debían acreditarse para considerar constitucional la norma cuestionada; máxime siendo que realiza argumentaciones genéricas sin exteriorizar ningún fundamento idóneo para justificar debidamente la razonabilidad de exigir el requisito de nacionalidad -argentinos nativos o naturalizados- para ocupar el cargo en la planta permanente de personal no docente, con funciones de auxiliar administrativo (del voto de las Dras. Clara María do Pico y Liliana María Heiland).
3.-Como es obligación del Estado Argentino eliminar del ordenamiento las regulaciones de carácter discriminatorio y de combatir las prácticas discriminatorias, la única solución razonable es declarar la invalidez constitucionalidad y convencional, y la nulidad absoluta e insanable -en los términos de los artículos 7 y 14 de la ley 19549- de la resolución dictada por la Universidad Nacional Tecnológica, que exige el requisito de nacionalidad -argentinos nativos o naturalizados- para ocupar el cargo en la planta permanente de personal no docente (del voto del Dr. Rodolfo Eduardo Facio).
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