Partes: Brest y Brest S.R.L. c/ Tegovi S.A. y otros s/ ordinario
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: C
Fecha: 10 de noviembre de 2022
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-139368-AR|MJJ139368|MJJ139368
Siendo las demandadas las profesionales encargadas de la construcción, ni pueden eximirse de responsabilidad con sustento en que los cimientos mal hechos habían estado a cargo de su cliente.
Sumario:
1.-Es bien dudoso que, siendo las demandadas las profesionales encargadas de la construcción, pudieran ellas eximirse de responsabilidad con sustento en que los cimientos mal hechos habían estado a cargo de su cliente, pues si esos cimientos eran tan defectuosos que la construcción no habría de resistir una tormenta intensa, lo lógico hubiera sido que la obra no se realizara hasta tanto fuera remediado el problema y así debieron haberlo entendido los mismos demandados, desde que todos alegaron ese defecto y pretendieron que, debidamente anoticiada la actora, había sido ella quien había tomado la decisión de continuar la obra.
2.-La naturaleza de la responsabilidad profesional impide descargar en el neófito las consecuencias de una decisión que él no está en condiciones de adoptar porque, precisamente, carece de los conocimientos técnicos y científicos de aquel a quien acude a esos efectos.
3.-De sostener que, por más defectuoso que hubieran sido los cimientos y por más que su construcción no hubiera estado a cargo de las demandadas sino de la actora, esas circunstancias no podían jurídicamente ser invocadas por las constructoras demandadas para eximirse de responsabilidad, a lo que se agrega que, al hacerlo, ellas mismas advirtieron la necesidad de invocar extremos fácticos que, condicionantes de la eximición que reclamaron, no probaron.
4.-La obra era una unidad, de lo que se deriva que mal podía ser construida sobre cimientos que no servían, extremo que debió ser -y lo fue -, detectado por las demandadas, que no hubieran debido llevarla a cabo si, por razón de esos defectos, la construcción habría de quedar expuesta al riesgo de sufrir un siniestro como el que después se verificó. Trasladado este razonamiento a otros ámbitos, sería tanto como aceptar que un médico puede eximirse de responsabilidad por someter al paciente a un tratamiento incorrecto por el solo hecho de que ese paciente insiste en que ese es su remedio. N.R.: Sumarios elaborados por Ricardo A. Nissen.
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