En 2012, un grupo de varones habría abusado sexualmente de una joven de 16 años en Playa Unión, provincia del Chubut, Argentina. Años después, sin mediar denuncia judicial, el fiscal Fernando Rivarola actuó de oficio a partir de una publicación que la víctima realizó en una red social.
Allí comenzó un proceso sobre abuso sexual, agravado por la participación en distinto grado de cinco varones, algunos menores de edad en el momento de cometer este aberrante hecho y miembros de familias reconocidas de empresarios y políticos de la provincia.
En 2020, la causa tiene tres imputados (los otros dos fueron exonerados), pero la calificación fue modificada a "abuso sexual simple" por el mismo fiscal, admitiendo de este modo la vía del juicio abreviado que podría resultar en condenas de tres años de prisión en suspenso. Es decir, que en el caso de que los acusados fuera condenados, no irían presos. Cabe destacar que el Ministerio Público Fiscal ha informado del acuerdo de la víctima con ese resultado. Sin embargo, aún resta saber si el Juez de la causa homologará o no la propuesta de juicio abreviado.
Así, el mismo día que en Argentina se conmemoraba un nuevo aniversario de #NiUnaMenos, movimiento surgido en repudio y lucha contra la violencia de género, se conoció este cambio de calificación y trascendieron algunos de los términos en los que se había fundamentado.
El fiscal Rivarola utilizó la expresión "desahogo sexual" doloso para denominar un comportamiento aberrante infligido sobre el cuerpo y la persona de una joven. Y estallaron las alarmas, se multiplicaron las expresiones de repudio e, incluso, comenzó a avizorarse lo que hoy es una realidad: el fiscal ha sido denunciado formalmente ante el Consejo de la Magistratura de la provincia.
Las explicaciones que emitieron desde el Ministerio Público Fiscal incluyeron la afirmación de que el problema se suscitó porque esa expresión trascendió fuera del ámbito judicial, donde viven los legos que no comprenden. Luego, y en referencia a la expresión que había utilizado, el propio fiscal señaló que "pese a su amplio y arraigado uso judicial, debe ser erradicada", y cuestionó el estado público que habían tomado estos aspectos de la causa por considerar que impactan negativamente en la víctima.
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¿Por qué la expresión desahogo sexual ha producido una respuesta social tan rápida, negativa y contundente?
Pueden identificarse algunos factores contextuales y otros más específicos derivados de las palabras exactas empleadas por el fiscal.
En primer lugar, Argentina atraviesa un proceso interesante de movilización social en torno a la lucha contra la violencia de género y por los derechos de las mujeres, en el marco de un recorrido más amplio que puede situarse a lo largo de distintos momentos de la historia en los que hubo mujeres dando esas batallas. A las movilizaciones #NiUnaMenos (de 2015 en adelante) deben sumarse aquéllas por la ley de interrupción voluntaria del embarazo (de manera muy significativa, desde 2018), cuya sanción aún es una deuda pendiente con las mujeres argentinas. El país ya ha reconocido el matrimonio igualitario (2010) y el derecho a decidir en torno a la identidad de género (2012).
Además, en sus distintos niveles de gobierno, Argentina está desarrollando un creciente proceso de diferenciación institucional que se refleja en la creación de secretarías y ministerios dedicados a las mujeres, los géneros, la juventud, la diversidad.
A nivel nacional, el Gobierno del presidente Alberto Fernández, que arrancó en diciembre de 2019, creó el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Argentina, encabezado por la ministra Elizabeth Gómez Alcorta, decisión notablemente oportuna dada la pandemia que nos afecta y sus impactos diferenciales en relación con el género.
Esta multiplicación de instancias institucionales en y desde las cuales pensar y actuar sobre la violencia de género, en favor del respeto a la diversidad y en defensa de los derechos de todos y todas, no constituye una mera reproducción de despachos o un formalismo tendiente a satisfacer demandas ocasionales. Es la expresión político institucional de un proceso de transformación social que está en curso, que se expande por y a través de distintas organizaciones sociales, sindicatos, universidades, organizaciones barriales, movimientos de mujeres y de derechos humanos, y que encuentra en los medios de comunicación contemporáneos formas sumamente veloces y eficientes de compartir información y convocatorias. Esas oficinas aparecen en el organigrama del Estado porque algo ha cambiado en la sociedad argentina. Y, claro está, no lo ha hecho de un día para el otro, no por la iniciativa de una u otra persona, sino que, como proceso socio-político, tiene una causalidad compleja, extendida en el tiempo, pero contundente en cuanto a sus manifestaciones.
En ese mismo sentido de diferenciación institucional, la Corte Suprema de Justicia de la Nación creó en 2009 la Oficina de la Mujer, con el propósito de impulsar la incorporación de una perspectiva de género en el ámbito del Poder Judicial. Según el último informe disponible sobre feminicidios emitido por este organismo, el año pasado hubo 252 víctimas directas en el país. En ese marco, Chubut tiene una de las tasas más altas por cada 100.000 mujeres, con 1,65, sólo superada por las provincias de Formosa, Chaco y Catamarca.
En relación con la violencia sexual, la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (Ufem) del Ministerio Público Fiscal de la Nación, las violaciones constituyen el 25% de los delitos sexuales denunciados, el 88% de las víctimas de violencia sexual son mujeres y el 40% son menores de edad. Sin embargo, el organismo advierte sobre la baja tasa de denuncia de este tipo de delitos.
En segundo lugar, y más específicamente, la expresión desahogo sexual despertó todo tipo de repudios por dos razones. Por un lado, puso en evidencia el paradigma patriarcal que aún atraviesa buena parte del sistema judicial en la Argentina. Llamar así un acto de violencia sexual contra una mujer, a un hecho de abuso sexual, trae consigo todo un conjunto de significados asociados a la utilización del cuerpo femenino como objeto, con primacía de lo que se presenta como impulso irrefrenable de un varón. Absolutamente inaceptable. La comunidad política también es una comunidad de sentidos en la que las palabras pesan. Y pesan los significados, los actos, las conductas, y las prácticas asociadas a esas palabras.
Y ese paradigma patriarcal sobrevive en el Estado a pesar de la sanción de la Ley Micaela de 2019 (en memoria de una joven víctima de feminicidio), que obliga a la capacitación en género a todas las personas que se desempeñan en la función pública, en los tres poderes del Estado. Esto incluye, obviamente, al Poder Judicial. Y la provincia del Chubut adhirió a esa norma mediante la Ley VIII N°129, sancionada el 21 de marzo de 2019. Las capacitaciones están en curso a cargo de la Oficina de la Mujer y Violencia de Género en el ámbito del Superior Tribunal de Justicia.
Por otro lado, la citada expresión despertó una amplia reacción pública de rechazo porque no hace más que exponer la enorme distancia que parte del Poder Judicial mantiene respecto a la sociedad. Aun hoy, el carácter no electivo directo en este poder del Estado ha funcionado como plafón para la ausencia de rendición de cuentas (aquello que Guillermo ODonnell nos enseñó como accountability), en este caso vertical, y también social (Peruzzotti y Smulovitz, 2002) en relación con la ciudadanía. En ese sentido, la Justicia argentina suele funcionar de puertas para adentro, sin dar explicaciones, o dándolas a la fuerza tras una amplia movilización popular.
El carácter no electivo directo del Poder Judicial ha facilitado su permanencia en un punto ciego de la democracia. Pero el país ha cambiado, se ha desarrollado y nutrido de movilizaciones, luchas por los derechos, aprendizajes. Por eso, el Poder Judicial también tiene que cambiar.
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