Partes: M. M. G. c/ Universidad Católica de Salta s/ sumarísimo
Tribunal: Juzgado Civil, Comercial y de Minería de Neuquén
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: V
Fecha: 24 de junio de 2022
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-137835-AR|MJJ137835|MJJ137835
Se ordena a una universidad cumplir con la entrega de un diploma post mortem.
Sumario:
1.-La pretensión de la actora de que se condene a la universidad a la entrega del diploma post mortem a su hija no significa desnaturalizar la finalidad prevista para el título de grado, y que tal petición no se traduce en una habilitación para el ejercicio de la profesión, sino que se otorga a modo de homenaje o reconocimiento por los méritos del alumno.
2.- Hacer lugar a la demanda de autos y, en su mérito, condeno a UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA a entregar a M G M el título post mortem correspondiente a la carrera de Licenciatura en psicología de A M S M, dentro del plazo de 6 meses de notificada de la presente, bajo apercibimiento de imponer sanciones conminatorias en los términos de los arts. 37 y 513 del CPCyC.
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