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miércoles, 13 de julio de 2022

Reemplazo no permanente: No incurrió en ejercicio abusivo del ius variandi, el empleador que, luego de que el dependiente realizara un reemplazo, le solicitó que vuelva a sus tareas habituales

Partes: Ledesma Sergio Manuel c/ Correo Oficial de la República Argentina s/ laboral



Tribunal: Cámara Federal de Apelaciones de La Plata


Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: II


Fecha: 2 de junio de 2022


Colección: Fallos


Cita: MJ-JU-M-137477-AR|MJJ137477|MJJ137477


Voces: IUS VARIANDI – CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO – CONTRATO DE TRABAJO – FACULTADES DEL EMPLEADOR


No incurrió en ejercicio abusivo del ius variandi, el empleador que, luego de que el dependiente realizara un reemplazo, le solicitó que vuelva a sus tareas habituales.


Sumario:

1.-Las circunstancias de autos no se ajustan a la pretensión esgrimida, toda vez que no se encuentra presente la vacante en el cargo aspirado y, en el caso, de considerarse un período de prueba, haber mantenido su salario habitual.


2.-Toda vez que el reemplazo que el actor realizó fue de carácter transitorio, es decir, no estaba el puesto vacante, no existió modificación esencial del contrato como así tampoco un ejercicio irrazonable de la facultad del empleador para introducir aquellos cambios relativos a la forma y modalidades de la prestación del trabajo.


3.-Surge claramente demostrado que durante el tiempo que el actor se desempeñó en la referida jefatura no hubo una vacante, si bien se le reconocieron los haberes correspondientes a ese cargo, percibiendo en su salario un abono adicional denominado ‘Reemplazo con término’, puesto que continuó figurando en los recibos de haberes su categorización como auxiliar, la misma categoría que ostentaba antes del desempeño en el cargo superior.