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miércoles, 29 de junio de 2022

Modelos: Plantea nulidad de reconocimiento por error esencial. Ofrece Prueba. Se deje sin efecto. Art 265

EJEMPLO



PLANTEA NULIDAD DE RECONOCIMIENTO POR ERROR ESENCIAL ART. 265 CCyC. OFRECE PRUEBA. SE DEJE SIN EFECTO.

Sr. Juez:

XXXX, por mi propio derecho, ya presentado, con el patrocinio de…, ratificando domicilio legal constituido en…domicilio electrónico, en los autos…. a V.S. respetuosamente digo:

Que en fecha…en los términos del art. 570 del CCyC procedí a reconocer como hijo mío a….DNI….

Que sin embargo, en fecha….he tomado conocimiento que he cometido un error esencial, dado que obtuve la siguiente información con posterioridad:………….

Por lo expuesto, vengo a plantear la nulidad del reconocimiento efectuado por vicio en la voluntad del suscripto, específicamente por error esencial en los términos del art. 265 y art. 267 incisos d) y e) del CCyC. Ha existido un error en mi declaración de voluntad de reconocimiento filiatorio (art. 270 CCyC).

El suscrito nunca supo que la persona reconocida referenciada más arriba no se trataba de su hijo, sino que por el contrario estaba convencido al momento del reconocimiento que sí lo era. Lamentablemente, al no saber que…., he cometido el error esencial mencionado. Asimismo, lo explicado demuestra que no estamos ante un supuesto de error reconocible (art. 266 CCyC) dado que como se dijo no contaba con la información señalada.

OFRECE PRUEBA.

Que vengo a ofrecer la siguiente prueba:

-Testimonial:

-Documental:

-Informativa:

-Pericial médica PETITORIO

Por todo lo expuesto, de V.S. solicito:

1) Tenga por planteada la nulidad del reconocimiento filiatorio efectuado en fecha….

2) Tenga por ofrecida la prueba 3) Y proceda a declarar nulo por error esencial el reconocimiento filial efectuado en fecha…, dejándolo sin efecto en todos sus alcances, lo que SERA JUSTICIA.


ARTICULO 265.- Error de hecho. El error de hecho esencial vicia la voluntad y causa la nulidad del acto. Si el acto es bilateral o unilateral recepticio, el error debe, además, ser reconocible por el destinatario para causar la nulidad.

ARTICULO 266.- Error reconocible. El error es reconocible cuando el destinatario de la declaración lo pudo conocer según la naturaleza del acto, las circunstancias de persona, tiempo y lugar.

ARTICULO 267.- Supuestos de error esencial. El error de hecho es esencial cuando recae sobre: a) la naturaleza del acto; b) un bien o un hecho diverso o de distinta especie que el que se pretendió designar, o una calidad, extensión o suma diversa a la querida; c) la cualidad sustancial del bien que haya sido determinante de la voluntad jurídica según la apreciación común o las circunstancias del caso; d) los motivos personales relevantes que hayan sido incorporados expresa o tácitamente; e) la persona con la cual se celebró o a la cual se refiere el acto si ella fue determinante para su celebración.

ARTICULO 270.- Error en la declaración. Las disposiciones de los artículos de este Capítulo son aplicables al error en la declaración de voluntad y en su transmisión.