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jueves, 17 de febrero de 2022

Resumen de la corresponsabilidad gremial para MENDOZA

 Aspectos prácticos del mal llamado "impuesto al tacho"



Empresa tiene que tener la CARACTERIZACION en el sistema registral (se tramita ante la INV)

"corresponsabilidad gremial"

empleado tiene que tener la modalidad de contratación en el 931

"996  - CCG mendoza"

Los aportes y contribuciones a la obra social OBLIGATORIAMENTE se tiene que hacer a OSPAV, por más que los trabajadores tengan otra obra social, la liquidación del pago a la obra social elegida por el empleado se va a tener que hacer a la OS directamente

El 931 va a estar en CEROS excepto por ART y seguro colectivo de vida obligatorio

¿por que? Porque es reemplazado por la "tarifa sustitutiva" (de ahí el nombre) se ingresarán en 5 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, en los meses agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre para la vitivinicultura en Mendoza-INV (el diferimiento de pago puede cambiar en funcion de la region y la actividad)

Le recordamos que los vencimientos operan, los días 15/08, 15/09, 15/10, 15/11 y el 15/12 de cada año, en caso de pagos  vencidos, los mismos tienen una tasa de interés igual a la aplicada por AFIP ( ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS) en materia de Seguridad Social

Epoca de cosecha en mendoza que su usa el CCG, de enero a abril

Como me doy de alta en INV?

En este link que pide nro inscripto y clave - el número de inscripto se tramita en el INV

https://pinot.inv.gov.ar/Servicios/

Como se paga la TS? A través del agente de recaudación que es la INV, quien es el responsable del ingreso al fisco. Como es el responsable la liquidación de la TS se hace por el servicio del INV

Se tiene que adherir al servicios con clave fiscal "Servicios INV"

Cual es la nota caracteristica de la TS?

 La particularidad es que la tarifa sustitutiva se calcula sobre quintales cosechados efectivamente y no sobre masa salarial como debería hacerse por la vía del Régimen General. 

Base de cálculo: la base de cálculo es el quintal cosechado. A efectos de la determinación  del valor de la tarifa, se tiene en cuenta el precio del tacho, el cual es fijado por paritarias, esto significa un gran ahorro para el productor, ya que en realidad se paga un precio mucho más alto.

¿De dónde se baja la deuda CCG?

La consulta de la deuda se encuentra publicada en la página del INV, se puede consultar por el Nº de viñedo o el Nº de CUIT.


https://pinot.inv.gov.ar/corresponsabilidad/convenio.php

Trabajadores permanentes que trabajan en la cosecha sólo algunos días y no por mes completo, ¿como se declaran sus haberes en el F931?

El personal deberá declararse dentro de cada período fiscal, por período completo, como régimen general o en CCG, uno u otro. Esto máxime que existen cuestiones tales como la obra social donde solo podrá tener legalmente una única cobertura. No puede tener dos obras sociales; en el caso del régimen general se deberá respetar la que tenga el trabajador por opción o afiliación, en cambio, en el caso del CCG tiene exclusivamente la que corresponde a la actividad.


De producirse cambios de modalidad contractual durante el período mensual fiscal completo el trabajador que ya estaba declarado como régimen general tendría dificultades con la obra social que debe darle cobertura, por lo cual debe estar en conocimiento de ello.


IMPORTANTE, El convenio no está orientado a los trabajadores permanentes, sino a aquellos temporarios  con amplia rotación y que son contratados en forma masiva solo en determinadas épocas del año o ciclos.  Por lo cual debe hacerse un análisis exhaustivo de la conveniencia  de cambiar la modalidad de contratación a aquel trabajador permanente por haber ayudado en la cosecha, cuando nunca dejó  de ser permanente para ese empleador.

¿Debo dar el Alta Temprana a los trabajadores de cosecha? ¿Si los doy de alta dejan de recibir la Asignación Familiar?

Esta nueva modalidad de contrato también tendrá su reflejo en el Sistema de Simplificación Registral, deberá dar las altas de los trabajadores comprendidos en convenio, con la codificación 996 especifica de la Provincia de Mendoza en el apendice "Modalidad de contratación". Terminado el vínculo laboral se da la Baja en dicho sistema.


Como bien menciona el Decreto 592/16 en su Artículo 1° “aquellos trabajadores dependientes que presten servicios en forma discontinua, conservarán el derecho a la percepción de las asignaciones familiares… después del cese de la relación de trabajo, siempre que registraren al menos TRES (3) meses de servicios con aportes o el equivalente a NOVENTA (90) jornadas efectivas de trabajo, dentro de los DOCE (12) meses inmediatamente anteriores al cese”. Esto significa que los trabajadores temporarios podrán seguir cobrando las asignaciones familiares siempre que igualen o superen los 90 días de jornadas de trabajo dentro de los doce meses previos al cese.3

¿Cuál es la remuneración que debe informarse en el aplicativo SICOSS para la DDJJ F931?

El valor del sueldo o remuneración debe ser la total bruta, como en los demás casos y coincidirá la remuneración imponible de aportes con la remuneración bruta en tanto no se superen los topes de aportes. Igual consideración para el bono de sueldo, cumpliendo la legislación vigente en materia laboral


Deben informar las remuneraciones reales para todos los subsistemas, solo hay que tener en cuenta la remuneración mínima correspondiente a la Obra Social. Debido al punto 17 del convenio referido a la Obra Social, se considera remuneración mínima, la equivalente a cuatro veces el haber mínimo previsional vigente según ANSES.


Liquidación del recibo de sueldo del cosechador.


Se debe liquidar exactamente como si fuera por el régimen general. Se le deberá colocar el siguiente llamado o leyenda especial que haga referencia al convenio de corresponsabilidad gremial: “CCG – LEY 26377 –  DISP 1/12 DNRSS”.-

Tutorial

https://www.losandes.com.ar/fincas/paso-a-paso-como-pagar-el-convenio-de-corresponsabilidad-gremial-desde-casa/

¿Y cuáles son los beneficios para el productor?

En el régimen general, los empleadores pagan mensualmente aportes y contribuciones que van destinados al sistema de seguridad social. En cambio, aquellos productores comprendidos en un convenio, el pago mensual se reemplaza por el pago de una “tarifa sustitutiva” que se realizará en el momento más adecuado del proceso productivo.

¿Qué pasa con la Asignación Universal por Hijo?

El trabajador tiene derecho a percibir las asignaciones familiares contributivas como todo trabajador registrado a la seguridad social. Al finalizar su relación laboral, vuelve a percibir la Asignación Universal por Hijo (AUH). No obstante, si el trabajador realizó aportes por al menos 3 meses o 90 jornadas le correspondería seguir cobrando las Asignaciones Familiares (AAFF) del sistema contributivo en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 592/16.

Contacto

Teléfonos: 0800-5555-INV(468) – (0261) 521 6653. O al correo electrónico: ccge@inv.gov.ar y en la página webwww.inv.gov.ar

Importante leer

http://www.acovi.com.ar/principal/corresponsabilidad-gremial-lo-que-hay-que-saber/

Preguntas frecuentes

https://docplayer.es/17709395-Preguntas-frecuentes.html

Fuente

https://www.argentina.gob.ar/inv/corresponsabilidad-gremial

Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines (FOEVA) y diversas entidades representativas de los productores de la actividad vitivinícola de la Provincia de Mendoza, homologado mediante la Resolución N° 6 (SSS) del 19 de marzo de 2012.

https://www.afip.gob.ar/genericos/guiavirtual/directorio_subcategoria_nivel3.aspx?id_nivel1=558id_nivel2=2310&id_nivel3=2313

https://www.argentina.gob.ar/trabajo/seguridadsocial/gremial

Convenios vigentes https://www.argentina.gob.ar/trabajo/seguridadsocial/ccgvigentes#:~:text=Son%20acuerdos%20entre%20asociaciones%20de,familia%2C%20mediante%20la%20registraci%C3%B3n%20laboral.