Partes: I. J. J. y otro s/ robo calificado, violación de domicilio, etc
Tribunal: Juzgado de Control y Faltas de Río Cuarto
Sala/Juzgado: II
Fecha: 24-nov-2021
Cita: MJ-JU-M-135339-AR | MJJ135339 | MJJ135339
Se sobresee al imputado por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, porque al haber ingresado la víctima a su domicilio para asaltarlo, se configuró la legítima defensa privilegiada prevista en el art. 34 inc. 6 segundo supuesto del CPen.
Sumario:
1.-Es acertado el requerimiento de sobreseimiento instado, por el hecho que se le atribuye en calidad de autor, calificado legalmente como homicidio agravado por el uso de arma de fuego, atento que se ha acreditado que el acusado obró en legítima defensa bajo la modalidad estipulada en el art. 34 inc. 6° segundo supuesto del CPen.. respecto a la intromisión de un extraño en casa ajena, donde, probados los extremos que la ley menciona, se presume iuris tantum que ha mediado legítima defensa, sin necesidad de realizar una ponderación de la proporcionalidad del binomio agresión-defensa y del bien defendido.
2.-No corresponde analizar si el accionar defensivo del imputado resultó proporcional a la agresión de la víctima, por cuanto la especial situación de peligro para la vida del encartado generada por la fractura y posterior ingreso de los asaltantes a su domicilio lo beneficia, permitiéndole repeler la agresión amparado en el privilegio del art. 34 inc. 6 segundo supuesto del CPen.
No hay comentarios:
Publicar un comentario