Partes: Causa 43670/2019/TO1/CNC1 s/
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional
Sala/Juzgado: I
Fecha: 10-nov-2021
Cita: MJ-JU-M-135444-AR | MJJ135444 | MJJ135444
La imputada por defraudación en perjuicio de su empleador que pretende ampararse en el beneficio de la suspensión del proceso a prueba, debe pronunciarse acerca del desistimiento del proceso laboral iniciado contra aquel.
Sumario:
1.-Cabe disponer la remisión de las actuaciones a primera instancia para que la imputada sea consultada sobre la posibilidad de desistir de la acción laboral interpuesta contra el querellante, bajo apercibimiento de revocar la suspensión del proceso a prueba en caso de no hacerlo, pues la subsistencia de aquella demanda, considerando la línea jurisprudencial en sede laboral que no atiende a las causales del sobreseimiento dictado en la causa penal y que, en otras ocasiones, rechaza las defensas opuestas por la parte demandada a partir de la concesión del juicio a prueba, en modo alguno permite considerar que el conflicto pueda reputarse como superado máxime cuando en aquel proceso se reclama un monto más de diez veces superior a la maniobra defraudatoria imputada y, además, se sostiene que el distracto fue injustificado para lo que niega la ocurrencia de los actos de infidelidad que en esta sede se le atribuyen.
2.-Corresponde considerar razonable el monto pecuniario ofrecido por la imputada a los fines de la suspensión del proceso a prueba y para reparar el daño ocasionado ya que la reparación debe ser ‘en la medida de lo posible’, esto es, según las condiciones personales de quien demanda el instituto y, bajo estas consideraciones, no existe mayor margen para tacharse de irrazonable el monto nominal ofrecido, máxime si se tiene presente que a la querella le asiste la opción de rechazarlo y perseguir la reparación integral del daño ante otra sede judicial.
No hay comentarios:
Publicar un comentario