¿En el caso de un empleado que reingresa a las órdenes del mismo empleador, qué fecha de ingreso debe constar en el recibo de sueldo? ¿Hay alguna diferencia si antes fue indemnizado o habÃa renunciado?
La fecha de ingreso es la actual, y cuando se calcula el rubro antigüedad se hace considerando todo el tiempo trabajado. El reconocimiento de antigüedad es igual cualquiera haya sido el motivo de la desvinculación. Fuente. art. 18 LCT


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