Partes: A. C. A. C. c/ A. U. B. s/ homicidio agravado
Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Tucumán
Fecha: 3-ago-2021
Cita: MJ-JU-M-134265-AR | MJJ134265 | MJJ134265
Se aparta el abogado defensor de una persona condenada a la pena de prisión perpetua y se ordena designar uno nuevo, ya que el recurso de casación interpuesto no alcanzaba una carilla además de no rebatir ninguno de los fundamentos condenatorios, afectando el derecho de defensa en juicio del imputado.
Sumario:
1.-El recurso de casación interpuesto por la defensa del imputado no abriga ninguna crítica al decisorio que ataca, es que se limita a invocar el derecho al recurso, omitiendo controvertir los argumentos del fallo y rebatirlos con seriedad; no puso en crisis ninguno de los fundamentos que llevaron a condenar al defendido a prisión perpetua, puesto que no incorporó cuestionamientos a la solución del caso; sobre esa base, la escueta presentación realizada por el letrado -apenas supera una carilla de hoja- afectó severamente el derecho a recurrir de su representado, toda vez que no señala los asuntos sobre los cuales este Tribunal debe ejercer su competencia revisora.
2.-El derecho de defensa no se resguarda con la sola presencia de un abogado defensor, siendo imprescindible que ese letrado brinde un acompañamiento técnico apropiado y obre con la diligencia necesaria para que se respeten las garantías inherentes al debido proceso y los restantes derechos del encartado, todo lo cual constituye materia a controlar por los órganos jurisdiccionales.
3.-Si bien es cierto que el art. 128 del Código Procesal Penal de Tucumán repara en el aspecto omisivo del incumplimiento de las obligaciones del defensor y no en su defectuoso cumplimiento, también es verdad que el cumplimiento manifiestamente defectuoso, en la medida en que traduzca una insoportable ineficacia en el desempeño de la defensa, equivalente por su perjuicio al abandono, justifica que el juez resuelva sancionar al defensor disponiendo su apartamiento y sustitución de la causa.


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