Partes: Gil Navarro Ezequiel c/ RepartosYa S.R.L. s/ medida cautelar
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
Sala/Juzgado: VIII
Fecha: 29-abr-2021
Cita: MJ-JU-M-132807-AR | MJJ132807 | MJJ132807
Se revoca la reinstalación del trabajador pues la relación que unió a las partes no fue laboral sino comercial. Ojo
Sumario:
1.-Corresponde revocar la resolución que declaró la ineficacia jurídica -nulidad- del despido, reinstalación y readmisión en el mismo puesto del trabajador que fuera despedido en vigencia del DNU Nº 329/20 , pues la relación que unió a las partes no fue laboral sino comercial, ya que el actor fue contratado en el marco de un vínculo comercial a través de un contrato de locación de servicios, y el carácter alimentario de la remuneración mensual, no basta para obviar el tratamiento de otras facetas que resultan determinantes para la consideración de una medida de carácter innovativa.
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