art 182 bis
Casos particulares
ArtÃculo 182 Se consideran también actividades alcanzadas por este impuesto las siguientes operaciones, realizadas dentro de la Provincia en forma habitual o esporádica:
a) Profesiones liberales. El hecho imponible está configurado por su ejercicio y no existe gravabilidad por la mera inscripción en la matrÃcula respectiva.
b) La mera compra de productos agropecuarios, forestales, ictÃcolas, frutos del paÃs y minerales para industrializarlos o venderlos fuera de la jurisdicción.
A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior se considera “frutos del paÃs” a todos los bienes que sean resultado de la producción provincial, pertenecientes a los reinos vegetal, animal o mineral, obtenidos por acción de la naturaleza, el trabajo o el capital y mientras conserven su estado natural, aun en el caso de haberlos sometido a algún proceso o tratamiento -indispensable o no- para su conservación o transporte (lavado, salazón, derretimiento, pisado, clasificación, etc.).
c) Las operaciones de préstamo de dinero, con o sin garantÃa.
d) Las explotaciones agrÃcolas, pecuarias, mineras, forestales o ictÃcolas.
e) La comercialización de productos o mercaderÃas que entren a la jurisdicción por cualquier medio.
f) La intermediación que se ejerza percibiendo comisiones, bonificaciones, porcentajes u otras
retribuciones análogas.
g) El fraccionamiento y venta de inmuebles -en cualquiera de sus modalidades-, la compraventa y la locación de inmuebles.
h) Las adjudicaciones efectuadas por los fideicomisos a través de la figura del fiduciario, de los inmuebles objeto principal de la adhesión efectuada por el fiduciante adherente o beneficiario de dichos fideicomisos.
ArtÃculo 182 bis Se consideran servicios digitales, cualquiera sea el dispositivo utilizado para su descarga, visualización o utilización, aquellos llevados a cabo a través de la red internet o de cualquier adaptación o aplicación de los protocolos, plataformas o de la tecnologÃa utilizada por internet u otra red a través de la que se presten servicios equivalentes que, por su naturaleza, estén básicamente automatizados y requieran una intervención humana mÃnima, comprendiendo, entre otros, los siguientes:
a) El suministro y alojamiento de sitios informáticos y páginas web, asà como cualquier otro servicio consistente en ofrecer o facilitar la presencia de empresas o particulares en una red electrónica. b) El suministro de productos digitalizados en general, incluidos, entre otros, los programas informáticos, sus modificaciones y sus actualizaciones, asà como el acceso y/o la descarga de libros digitales, diseños, componentes, patrones y similares, informes, análisis financieros o datos y guÃas de mercado. c) El mantenimiento a distancia, en forma automatizada, de programas y de equipos. d) La administración de sistemas remotos y el soporte técnico en lÃnea.
e) Los servicios web, comprendiendo, entre otros, el almacenamiento de datos con acceso de forma remota o en lÃnea, los servicios de memoria y la publicidad en lÃnea. f) Los servicios de software, incluyendo, entre otros, los servicios de software prestados en internet (software como servicio o SaaS) a través de descargas basadas en la nube.
g) El acceso o la descarga a imágenes, texto, información, video, música, juegos (incluyendo los juegos de azar). Este apartado comprende, entre otros servicios, la descarga de pelÃculas y otros contenidos audiovisuales a dispositivos conectados a internet, la descarga en lÃnea de juegos (incluyendo aquellos con múltiples jugadores conectados de forma remota), la difusión de música, pelÃculas, apuestas o cualquier contenido digital (aunque se realice a través de tecnologÃa de streaming, sin necesidad de descarga a un dispositivo de almacenamiento), la obtención de jingles, tonos de móviles y música, la visualización de noticias en lÃnea, información sobre el tráfico y pronósticos meteorológicos (incluso a través de prestaciones satelitales), weblogs y estadÃsticas de sitios web.
h) La puesta a disposición de bases de datos y cualquier servicio generado automáticamente desde un ordenador, a través de internet o de una red electrónica, en respuesta a una introducción de datos especÃficos efectuada por el cliente. i) Los servicios de clubes en lÃnea o webs de citas. j) El servicio brindado por blogs, revistas o periódicos en lÃnea.
k) La provisión de servicios de internet. l) La enseñanza a distancia o de test o ejercicios realizados o corregidos de forma automatizada. m)La concesión, a tÃtulo oneroso, del derecho a comercializar un bien o servicio en un sitio de internet que funcione como un mercado en lÃnea, incluyendo los servicios de subastas en lÃnea.
n) La manipulación y el cálculo de datos a través de internet u otras redes electrónicas.
ñ) Criptomonedas, bancos digitales, fintech»
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