Partes: Zarantonello Claudia En J°257207/53688 Mateu A. Alejandro c/ Zarantonello Claudia s/ ordinario p/ recurso extraordinario provincial
Tribunal: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza
Sala/Juzgado: I
Fecha: 18-feb-2021
Cita: MJ-JU-M-130923-AR | MJJ130923 | MJJ130923
Si bien se confirma la condena a hacer cesar las inmisiones molestas proveniente de la gran cantidad de canes que tiene la demandada en su vivienda, resulta arbitrario imponer a la actora que debe retirar de su inmueble los animales que excedan el número de dos, por ser ésta la cantidad de mascotas permitida por el reglamento, ya que esta cuestión no constituye el objeto de la litis.
Sumario:
1.-Corresponde confirmar parcialmente la condena a cesar en las inmisiones, que consistirían en ruidos molestos y malos olores provocados por un número considerable de perros situados en el inmueble de la demandada ubicado en un barrio residencial, pues no es arbitrario considerar que, conforme lo que normalmente ocurre y surge de las máximas de la experiencia, los ruidos y olores provocados por un número importante de canes producen inmisiones molestas que exceden la normal tolerancia.
2.-El concepto de tranquilidad es elástico, impreciso, y depende de las circunstancias del caso, por lo que queda reservado a la apreciación judicial determinar cuándo una actividad la perturba, fundándose ello en el buen sentido, en los cánones ordinarios de vida, y en lo que dicta la conciencia del juez.
3.-Debe revocarse parcialmente el fallo en cuanto limitó la cantidad máxima de perros al número de dos por ser la cantidad permitida en el reglamento, pues no debió recurrir al mismo para resolver pues su incumplimiento no había sido objeto de la demanda, sino que debió haber analizado la limitación desde el punto de vista de la razonabilidad, la convivencia vecinal y la adecuación de la situación de hecho, a fin de evitar las inmisiones molestas o el abuso del derecho de propiedad.
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