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jueves, 18 de febrero de 2021

Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA)

Se reglamentaron los requisitos y condiciones para integrar el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), incorporándose una matriz de riesgo o mecanismo de calificación de conducta fiscal basado en un sistema de “scoring”, a fin de otorgar un “estado” a los sujetos incluidos. Los ciudadanos que, ingresen en calidad de “propietarios”, no tendrán un “estado” en el sistema, debiendo cumplir únicamente la obligación indicada en el Apartado E “Modulo Superficie/Actividad” del Título I.



Además, se estableció un régimen de retención y un régimen especial de pago del Impuesto al Valor Agregado, así como un régimen especial de reintegro sistémico cuya acreditación será realizada por este Organismo en la cuenta bancaria que informe el productor.


Beneficios







La inscripción en el sistema es obligatoria y gratuita para los productores de granos y semillas en proceso de certificación, los operadores que intervengan en la cadena de comercialización de dichos productos y los propietarios, copropietarios, usufructuarios y ocupantes -cualquiera fuera su título- y sus subcontratantes -cualquiera sea su modalidad de contratación-, de tierras rurales explotadas situadas en el país, en la medida en que en ellas se desarrolle el cultivo de dichas especies.


Para acceder al sistema, se deberá ingresar al servicio “Sistema de Información Simplificado Agrícola - SISA” con Clave Fiscal con Nivel de seguridad 3 o superior, cumpliendo previamente con los siguientes requisitos:


Registrar y aceptar los datos biométricos.

Informador una dirección de correo electrónico y un número de teléfono particular, mediante el servicio con Clave Fiscal “Sistema Registral” menú “Registro Tributario”, Opción “Administración de e-mails” y “Administración de teléfonos”.

Poseer Domicilio Fiscal Electrónico.

El Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) se implementó para reemplazar algunos registros y regímenes informativos vinculados a la actividad de producción y comercialización de granos y semillas en proceso de certificación –cereales y oleaginosas- y legumbres secas. De esta manera se simplifican los trámites para los ciudadanos obligados y se les brinda la oportunidad de obtener beneficios en virtud de su comportamiento fiscal.


Fuente: Resolución General 4310/2018


Fecha de Publicación: 19/09/2018

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