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sábado, 6 de febrero de 2021

Empleados de Comercio: OSECAC informa que la suma no remunerativa no es base de adicionales

En línea con el acuerdo salarial, OSECAC sostiene que la Asignación Extraordinaria No Remunerativa – no tributa adicionales de convenio.



El acuerdo de revisión salarial 2020 de Empleados de Comercio a dejado algunas dudas respecto a su aplicación, una de ellas si la suma no remunerativa de 21% acordada es base de cálculo para los adicionales de Antigüedad y Asistencia y Puntualidad.


Al respecto podemos decir es que, a diferencia del acuerdo anterior de octubre 2020, el firmado en enero pasado no prevé el pago de ningún adicional de convenio sobre las sumas no remunerativas pactadas.


Pero luego de cerrado el acuerdo salarial, la FAECyS envió una circular a los sindicato de Empleados de Comercio donde se argumentaba la aplicación de adicionales de Antigüedad y Presentismo sobre la suma no remunerativa.


En principio, la argumentación podría ser atendible, pero también es cierto que si seguimos esa línea de razonamiento, deberíamos aplicarla no solo sobre los adicionales mencionados, sino sobre todos los adicionales de convenio.


Uno de los problemas que trae consigo este tipo de polémicas son los ajustes que suelen realizar desde la obra social OSECAC, que recordemos toma como parámetro para establecer el mínimo de base de cálculo para aportes y contribuciones el básico de Maestranza A más presentismo.


Por lo tanto, calcular el adicional de presentismo o no sobre el acuerdo puede generar una ajuste por la obra social.


Contrariamente a informado por la FAECyS, la Obra Social de Empleados de Comercio envío una notificación por correo electrónico con las escalas de Enero a Marzo 2021, según el último acuerdo salarial, detallando no solo el componente remunerativo y no remunerativo de las escalas salariales, sino que también precisando la que la suma no remunerativa del 21% no forma parte de la base de cálculo de adicionales de convenio.


Esta planilla que se puede ver a continuación, con el nombre del Jefe de Fiscalización de OSECAC, es recomendable guardarla para cualquier posible ajuste que pueda surgir a futuro.

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Por último, cabe destacar que OSECAC no es firmante del acuerdo salarial, como si lo es la FAECyS, pero siempre es bueno contar antecedentes ante cualquier decisión que debamos tomar y para evitar ajustes a futuro.

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