"Me privaron de decidir sobre mi vida"
Alejandra Villegas acudió al tribunal internacional por la derivación judicial de una cirugía la dejó estéril a los 23 años. Asegura que no dio el consentimiento
La Corte Interamericana de Derechos Humanos trata el caso de una mendocina que a los 23 años quedó estéril tras una cirugía ginecológica y que reclamó en los tribunales provinciales, durante un juicio civil por mala praxis médica, la vulneración de derechos individuales, como el derecho a dar consentimiento de lo que podía hacerse con su cuerpo, entre otros.
La protagonista de esta historia es María Alejandra Villegas, oriunda de Colonia Segovia, Guaymallén. Su planteo quedó radicado como Caso 14.342, declarado admisible esta semana por el tribunal internacional con sede en Washington, Estados Unidos.
La mujer se radicó en Comodoro Rivadavia hace casi 13 años. Por razones laborales. Allá vive con su esposo, quien era su novio cuando comenzó la odisea médico-jurídico. Por teléfono cuenta a Diario UNO que como consecuencia de aquella cirugía, practicada en 2003 en el entonces Policlínico de Cuyo, su cuerpo "aun siente los estragos. A los 23 años ya era menopáusica y tenía todos los síntomas que, generalmente, las mujeres tenemos casi a los 50 años. Mi calidad de vida fue seriamente afectada". El caso que ahora está en manos de la CIDH, organismo encargado de velar por los derechos humanos en las Américas, tuvo varios capítulos previos en la Justicia de Mendoza. El motivo: María Alejandra Villegas expuso que el médico, Luis Cacciavillani, le practicó "una intervención quirúrgica mutilante -la extirpación de los ovarios- sin mi conformidad ni mi consentimiento. Tampoco mis padres dieron conformidad ni consentimiento". "Me privaron -sostiene la mujer- de la posibiliad de elegir y decidir sobre mi vida, y eso es una clara vulneración de derechos a manos de una corporación".
En los tribunales
Inició el juicio en 2004 y cinco años después alcanzó una parte del resultado esperado. No todo. Porque el 17° Juzgado Civil y Comercial le dio por ganada la demanda por daños y perjuicios cuando condenó al cirujano y a la compañía aseguradora a pagar $50.000 por la mala praxis médica. "Porque se practicó la cirugía mutilante sin conformidad del paciente", indicaron los fundamentos. Pero ese tribunal rechazó parte de la demanda al no reconocer dos ítem que Villegas había exigido que le reconocieran: incapacidad y gastos médicos. Entonces, ya en la segunda instancia judicial, la mujer apeló y el médico y la aseguradora pidieron que la acción judicial fuera rechazada. Finalmente, en marzo de 2010, la Primera Cámara de Apelaciones en lo Civil dejó sin efecto la sentencia condenatoria y todo volvió a quedar como al principio. Porque consideró que Villegas sí fue informada de la extirpación de los órganos reproductores. "Se le informó que se tuvo que sacar un pedacito de cada ovario, más allá del diminutivo, y se recomendó tratamiento con un clínico ginecológico". Un detalle que se repite en las dos instancias judiciales: la historia clínica de Villegas y el protocolo quirúrgico tramitados en el entonces Policlínico de Cuyo no figuran en el expediente "porque se perdieron". Hasta el día de hoy, Villegas y sus familiares aseguran que nadie les informó de la extirpación de los ovarios, y que lo supieron tiempo después cuando a la mujer se le practicó una laparoscopía en otro centro médico y a pedido de otro profesional de la salud.
En la Corte mendocina
La próxima parada del derrotero judicial fue la Suprema Corte de Justicia de Mendoza. Habla el abogado Carlos Varela Alvarez, que representa a Villegas en los tribunales internacionales. -¿Qué pasó en esa instancia? - Se interpusieron recursos de inconstitucionalidad y casación y la Corte de Mendoza los rechazó el 28 de diciembre de 2010. -¿Con qué fundamentos? - Que la técnica médica fue correcta; y que la prueba pericial concluyó que la intervención quirúrgica era imprescindible, y por ende, urgente y necesaria. - ¿Qué argumentos llevaron a la CIDH para sustentar la petición? - Que para los tribunales de Mendoza solo bastó un supuesto consentimiento informal y no escrito por parte de los familiares; que solo habrían tomado en cuenta el testimonio de los médicos y no el de los familiares; que restaron importancia al extravío de la historia clínica y del protocolo quirúrgico; y que los tribunales habrían actuado arbitrariamente, valorado erróneamente la prueba, los hechos y violado el derecho al consentimiento previo e informado.
Qué dijo el Estado mendocino
Por ser la parte demandada, el Estado de Mendoza dijo en la CIDH que el planteo de Villegas debe ser rechazado porque los hechos no implican la violación de la convenciones internacionales. Además, que familiares de la mujer fueron informados y dieron el consentimiento para avanzar con la cirugía debido a la gravedad del cuadro médico.
La CIDH y su vieja relación con Mendoza
No es la primera vez que la CIDH interviene en casos mendocinos. Ya lo hizo sobre la situación de las cárceles y demás instalaciones penitenciarias observando las condiciones de hacinamiento de los internos. También sobre las desapariciones forzosas (a manos de fuerzas de seguridad) de Paulo Cristian Guardati, Adolfo Garrido y Raúl Baigorria, desaparecidos en democracia en la década del ´90. También en el caso del ex policía Raúl Gorigoitía por la muerte de Alejandro Gómez Romagnoli en 1996.
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