Te presentamos el micrositio de AFIP actualizado con las novedades de la moratoria ampliada
De los intereses resarcitorios y/o punitorios previstos en los artÃculos 37, 52 y 168 de la ley 11.683 (t.o. 1998) y sus modificatorias, los intereses resarcitorios y/o punitorios sobre multas y tributos aduaneros (incluidos los importes que en concepto de estÃmulos a la exportación debieran restituirse al fisco nacional) previstos en los artÃculos 794, 797, 845 y 924 de la ley 22.415 (Código Aduanero) en el importe que por el total de intereses supere el porcentaje que para cada caso se establece a continuación:
PerÃodo fiscal 2018, 2019 y obligaciones vencidas al 31 de julio de 2020: 10% del capital adeudado.
PerÃodos fiscales 2016 y 2017: 25% del capital adeudado.
PerÃodos fiscales 2014 y 2015: 50% del capital adeudado.
PerÃodos fiscales 2013 y anteriores: 75% del capital adeudado.
Causal de caducidad
Por la distribución de dividendos o utilidades a sus accionistas o socios o socias, en los términos de los artÃculos 49 y 50 de la Ley del Impuesto a las Ganancias (t.o. 2019 y sus modificaciones) y según las siguientes disposiciones que al respecto dicte la AFIP, desde el 26 de agosto de 2020 y por los 24 meses siguientes. (21/01/2021)
Fuente:
https://www.afip.gob.ar/misfacilidades/planes-vigentes-adheribles/moratoria-2020/condonaciones.asp
Calculadora de fechas, sumar o restar
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