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miércoles, 5 de agosto de 2020

La IGJ implementa estatutos inmodificables: ¿a quiénes alcanza?

Resolución General 32/20: La Inspección General de Justicia implementa estatutos inmodificables que facilitan el contralor del Departamento de Personería Jurídica


Através de la Resolución General 32/20, La Inspección General de Justicia (IGJ) implementa estatutos inmodificables que facilitan el contralor del Departamento de Personería Jurídica.

Para ello, resulta necesario que dichos estatutos sean bajados directamente de la página web del organismo, donde figurarán con los elementos de seguridad e identificación que generará el Departamento de Sistemas, como asimismo la correspondiente copia protocolar.

La resolucion 32/20 detalla quiénes deberán utilizar estatutos inmodificables:

Los Clubes de Barrio y Pueblo.
Los Centros de Jubilados.
Los Centros Culturales.
Las Bibliotecas Populares.

En la resolución de autorización para funcionar se consignará de forma expresa la fecha del acta de constitución a la que remite el estatuto, como asimismo del testimonio que retirará la entidad, que relacionará ambos instrumentos -estatuto y acta- mediante un sello, firma u otra medida de seguridad que se determine.

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