Partes: Gimenez Graciela Teófila c/ Celso S.R.L. s/ despido
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: IX
Fecha: 3 de septiembre de 2025
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-158074-AR|MJJ158074|MJJ158074
El empleador que toma conocimiento de que el trabajador obtuvo la jubilación puede dar por extinguido el vínculo sin derecho a indemnización.
Sumario:
1.-Si el actor/a obtiene la jubilación y el empleador no conocía dicha circunstancia, enterado de ello puede dar por extinguido el vínculo sin derecho a indemnizaciones, siendo esta hipótesis la que se verifica en el sub lite, toda vez que, la actora promovió espontáneamente el tramite previsional, y la demandada no tenia conocimiento de que aquella había obtenido el beneficio, sino hasta el momento en que realizó del control digital a través de la página de la ANSES, y decidió extinguir el contrato laboral conforme el art. 252 LCT.
2.-De acuerdo al art. 252 de la LCT en su segundo párrafo, nada impide al trabajador iniciar por su propia voluntad los trámites previsionales sin que medie intimación de la empleadora al respecto.