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domingo, 21 de junio de 2026

Honorarios: Se admite la notificación de la citación de venta en ejecución de honorarios mediante la aplicación WhatsApp, en atención a la naturaleza alimentaria de los honorarios profesionales y la eficacia comprobada del sistema

 Partes: M. C. c/ D. R. A. s/ ejecución de honorarios


Tribunal: Juzgado de Paz de Daireaux


Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación:


Fecha: 22 de diciembre de 2025


Colección: Fallos


Cita: MJ-JU-M-158275-AR|MJJ158275|MJJ158275



Se admite la notificación de la citación de venta en ejecución de honorarios mediante la aplicación WhatsApp, en atención a la naturaleza alimentaria de los honorarios profesionales y la eficacia comprobada del sistema.



Sumario:

1.-Toda vez que ha fracasado el intento de notificar al ejecutado mediante el libramiento de la cédula en soporte papel a su domicilio real, y, habida cuenta de la naturaleza alimentaria de los honorarios, por analogía y en atención al principio de tutela judicial efectiva, considerando además el alto grado de eficacia de las notificaciones de demanda cursadas por WhatsApp, corresponde acceder a lo solicitado y ordenar la notificación al número de teléfono denunciado de la ejecutada, por intermedio de la aplicación WhatsApp.


2.-Los honorarios profesionales, aunque no son alimentos propiamente dichos, poseen carácter alimentario conforme la Ley 14.967 de Buenos Aires, constituyendo el medio de subsistencia del letrado y su familia.


3.-La Ley 15.513 de Buenos Aires habilita al juez a disponer notificaciones por aplicaciones de mensajería instantánea cuando los medios tradicionales resulten ineficaces, garantizando la tutela judicial efectiva.