El 16 de abril de 2026, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó la Resolución 703/2026 otorgando una nueva extensión de los plazos suspendidos en el fuero de la Seguridad Social.
¿Qué dispuso la resolución?
Dos medidas concretas:
1. Para sentencias definitivas: Se prorrogó por 180 días más la suspensión de plazos para dictar sentencia en todos los expedientes que tengan llamamiento de autos — contados desde el vencimiento de la Res. 1347/2024.
2. Para la etapa de ejecución: Se otorgaron 90 días más de suspensión para dictar sentencias interlocutorias simples de aprobación de primera liquidación y actualizaciones en los procesos ejecutorios contra ANSES — desde el vencimiento de la Res. 118/2025.
Esta no es una medida aislada. Es la tercera prórroga consecutiva. Una vez mas la Corte suspendio los plazos en los juicios previsionales y aqui el motivo por el que deberias indignarte.
Mayo 2024 → Res. 1347/2024: 180 días para sentencias con llamamiento de autos.
Febrero 2025 → Res. 118/2025: 90 días para sentencias interlocutorias de ejecución.
Abril 2026 → Res. 703/2026: prórroga de ambas.
¿Qué no cambia?
Los plazos de ANSES para liquidar y pagar las sentencias firmes no están suspendidos. La resolución es de alcance estrictamente procesal: le da más tiempo a los jueces para dictar sus resoluciones, pero no suspende la obligación del organismo de cumplir con las sentencias ya firmes.
¿Qué significa para quienes tienen juicio?
Si tu causa ya tiene sentencia firme: los plazos de pago de ANSES siguen vigentes.
Si tu causa está en etapa de conocimiento o ejecutoria pendiente de liquidación: los tiempos se extienden.
En todos los casos, es fundamental que tu abogado/a monitoree el estado procesal específico de tu expediente y pueda darte mayor información.