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domingo, 26 de enero de 2025

CORRESPONSABILIDAD GREMIAL - Nuevas reglas para el blanqueo de cosechadores de uva

El Ministerio de Trabajo de la Nación dispuso las normas dentro del “Convenio de Corresponsabilidad Gremial”.




El “blanqueo” de los trabajadores que cosechan la uva destinada a vinificación y que desde hace más de un año están amparados bajo el mentado “Convenio de Corresponsabilidad Gremial”, tendrán que estar atentos, junto con sus empleadores, a las nuevas reglas que incorporó el Ministerio de Trabajo de la Nación. Para entender los cambios, estas son las claves que informó la Administración Federal de Ingresos Públicos de San Juan, según publicó Diario de Cuyo.


Ahora la tarifa sustitutiva ya no será destinada a la cobertura de riesgos de trabajo, sino que corresponderá al productor tener contrato vigente con una aseguradora al momento de incorporar a su nomina al cosechador, es decir, darle el alta. El pago de la cobertura deberá cumplimentarlo en las condiciones y plazos del régimen general, para lo cual AFIP actualizará sus aplicativos.


Podrá cancelar la tarifa sustitutiva en un pago único hasta el 31 de agosto de cada año, o en cinco pagos mensuales consecutivos equivalentes al 20% del total de la obligación. En este caso los vencimientos comienzan el 15 de agosto y la última cuota vencerá el 15 de diciembre.


Los productores que incumplan con el ingreso total de la tarifa sustitutiva al 15 de diciembre de cada año, se verán impedidos de realizar ventas o ingreso a bodega además de ser informados a la AFIP, para su intervención en resguardo del crédito del Fisco. Entre las excepciones, se cuentan las situaciones previstas por la normativa y que conlleva el cumplimiento de requisitos y denuncia de la modalidad al Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV).


El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) habilitó un registro para propietarios de máquinas cosechadoras y empresas que presten el servicio de cosecha mecánica y manual, y ahora será requisito obligatorio para que los productores sean exceptuados del pago de la tarifa sustitutiva.


El productor que va a cosechar en forma mecánica deberá informarlo al INV con no menos de cinco días de anticipación, detallando la cantidad y ubicación de las hectáreas; y dentro de los treinta días de cosecha declarar la cantidad de quintales correspondientes e ingresados a bodega. La mecanización de la cosecha está cada vez más presente en las fincas sanjuaninas.


Los productores que contraten o subcontraten con una empresa el servicio de cosecha manual, deberán informarlo al INV con no menos de cinco días de anticipación, detallando cantidad y ubicación de las hectáreas; y antes del 30 de junio presentar ante la misma entidad una serie de requisitos: contrato de servicios; contrato de Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) y seguros obligatorios de los cosechadores, copias de declaraciones juradas y de pagos del contratista, factura del servicio, nómina de trabajadores con información de quintales cosechados, remuneraciones, días y finca en la que cosechó, y toda otra documentación que el INV o la AFIP determinen para control. Aquí las autoridades creen que hay que ajustar los controles.

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