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domingo, 27 de octubre de 2024

Tips para la recorrida en tribunales

El presente trabajo está elaborado por docentes y alumnos de las comisiones Nros. 1163 y 1167 de la materia Práctica Profesional de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, e intenta acercar al lector de este diario jurídico digital algunos consejos para la organización de la recorrida de tribunales y en las reparticiones tanto en su procedimiento como en aspectos actitudinales a tener en cuenta frente a la mesa de entradas.

fuente:eldial.com




La construcción del artículo se realizó con el uso de una herramienta llamada "Wiki" en el aula virtual que comparten ambas comisiones. La incorporación reciente del aula virtual se apoyó en la idea de acercar a los alumnos a nuevas formas de acceder y gestionar los conocimientos de una manera fácil, económica y eficaz. Desde el punto de vista pedagógico nos invita a desarrollar nuevos modos de pensamiento, nuevas formas de apropiación y construcción del conocimiento. Es tarea de la Universidad formarlos en nuevos habilidades y destrezas en función de las herramientas digitales disponibles masivamente. Particularmente el wiki es una actividad que permite a los participantes trabajar sobre un texto común, editarlo, actualizarlo, agregar, suprimir o modificar contenidos; almacenándose todas las versiones anteriores. Su aplicación se basa en el aprendizaje colaborativo, pudiendo entre todos los alumnos construirse su propio material de estudio y trabajo. La consigna sólo fue un disparador que enunciaba "Convencidos en la importancia y valor de la propia experiencia diaria ante los tribunales y otras dependencias públicas decidimos generar este espacio para que alumnos y docentes elaboremos algunos tips necesarios para la recorrida tribunalicia. La producción del trabajo se publicará en una revista digital jurídica con la autorización de Uds" y en este artículo verá ud. el resultado. La tarea propuesta desde el wiki ha tenido como horizonte acercar a los alumnos al mundo de la profesión en el desarrollo de habilidades propias del abogado como autor de artículos doctrinarios.


 


AUTORES: JTP: Dra. Malena Kareen Totino Soto y Julieta Elena Diaz. Ayudantes: Dra. María Mercedes Marco Mucciardi, Karina Patricia Soto, Agustín Lening, Rocío Fernandez, Alejandro Money. Alumnos: Norberto Fernandez DNI 31.710.575, Ignacio López, Paula Morrone DNI 30.593.753, Mariel Riobo, Ariel Rojas DNI 31.389.382, Carla Verdi Brusati DNI 32.480.800, Lucas Quiri DNI 30.241.728 , Luciana Lalanne DNI 32.028.984, M. Ayelén Pajés DNI 32.093.764, Noelia Ruiz DNI 32.404.144, Malena Bautista Guerrero DNI 93.912.810, Lucrecia Cuesta DNI 31.022.171, Bárbara Alejandra Peón DNI 31.410.249, Luciana G. Bergés D.N.I 27.202.609, Julieta Palatnik DNI 31.735.562, María Cecilia Saint Genez D.N.I: 32.237.344, Juan Ignacio Piovano D.N.I 31.160.232, Gisela Berzano D.N.I. 26.656.199, Maria Soledad Vázquez D.N.I. 32.193.660, Maria Fabiana Alvarez D.N.I. 27.741.431, Magali Yunis D.N.I. 31.850.442, Daniela Garibaldi, Romina RussoD.N.I. 32.144.159, Martín Devoto, Florencia Paula Martínez D.N.I. 31.999.455, Leonardo Martínez Grijalba D.N.I. 28.911.997, Germán París D.N.I. 31.932.364.


 


El día anterior a la recorrida, en su estudio


 


* Hacer una lista de todos los juzgados, especificando en qué edificio se encuentran y en qué piso, en especial para aquellas personas que recién comienzan a procurar y no están familiarizados con los mismos. La idea es evitar ir por un solo expediente y aprovechar para ver "lo que se pueda".


 


* Organizar ese listado comenzando con el Juzgado que se encuentre en el piso más alto, es una manera de comenzar por él y luego ir descendiendo, no teniendo que subir y bajar más de una vez, porque en definitiva es algo en lo que se pierde tiempo.


 


* A la hora de organizar el listado, una técnica que en la práctica trae buenos resultados es comenzar, a primera hora, por el juzgado que se encuentre en el piso mas bajo, y luego ir subiendo, de manera tal que hagamos lo contrario de lo que hace la mayoría, que prefiere comenzar el juzgado mas alto para luego ir bajando. De esta manera, ahorraremos valioso tiempo de espera para pedir cada expediente y esto nos permitirá agilizar la recorrida.


 


* Saber que ascensor se encuentra cerca del juzgado a donde debemos ir.


 


* Establecer un orden de prioridades: Ir a los juzgados donde hay vencimientos. Primero a los que hay "dos primeras", después el resto y dejar lo menos urgente para el final.


 


* No instale como práctica trabajar con el plazo de dos primeras.


 


* Tener en cuenta los plazos en cada expediente, sus notificaciones y aquellas que estén a nuestro cargo como parte.


 


* Llevar una agenda que podamos manejar fácilmente y tener siempre al alcance para incorporar en ella las audiencias, vencimientos, fechas de notificación.


 


* Marcar al lado de cada expediente las tareas a realizar, desde tener que dejar un escrito, retirar un oficio, ver el listado de cédulas, etc.; sobre todo para no irnos del Juzgado y darnos cuenta que nos olvidamos de hacer alguna actividad. CHECKLIST


 


* Es conveniente repasar el estado del expediente al momento de organizar la recorrida.


 


* Las planillas en las que se plasman los resultados de la recorrida tribunalicia deben estar siempre actualizadas, esto es fundamental, para saber con exactitud qué es lo que hay que observar.


 


* Siempre se debe dejar constancia de los últimos movimientos para evitar ver proveídos ya vistos anteriormente y perder tiempo.


 


* Es importante anotar la fecha en que se vio el expediente en cada caso.


 


* Es importante anotar el número de la última foja que tiene el expediente, y para ello es importante fijarse si al reverso de la foja hay información, por que en tal caso es el mismo número de foja, pero se le agrega el “bis”.


 


* Cuando empiece a procurar haga escritos autorizándose. Ello permitirá agilizar los trámites, ya que en el caso de necesitar compulsar un expediente reservado, necesitar fotocopias, pedir claves de acceso a Internet, retirar cédulas, oficios, o copias de traslado, lo podrá realizar sin ningún tipo de obstáculo. De lo contrario, dependerá del Abogado o de otra persona que esté autorizada en el expediente para efectuar el retiro.


 


* Es de gran utilidad resaltar en la hoja de ruta la foja en que se encuentra el escrito autorizándose y la del proveído que otorga la autorización.


 


* Conviene saber de antemano los términos con los que el personal de mesa de entradas nos podrá contestar, para entender el significado de que un expediente “no esté en letra”; se encuentre “a despacho”; “a confronte” o “en vista”. A modo de ejemplo:


en letra: significa que el expediente esta en el casillero identificado con la primer inicial de la carátula para que los abogados puedan ir a verlo e informarse sobre las novedades.


a despacho: generalmente ocurre cuando un abogado deja un escrito o una petición en el expediente para que el funcionario judicial se expida y expediente se traslada a lo que comúnmente se conoce como “el despacho”.


a confronte: cuando un abogado deja instrumentos tales como cédulas, testimonios, oficios o mandamientos, estos pasan " a confronte " para que un funcionario verifique que se encuentren cumplidos los requisitos formales que la ley impone y que el contenido concuerde en forma precisa con lo ordenado en el expediente. Puede ser que la pieza presentada contenga observaciones, errores u omisiones y deba corregirse o que de lo contrario este correcto y en ese caso se proceda su libramiento. EL JUZGADO CONTROLA LAS CEDULAS Y ETC


en vista: esta expresión se utiliza cuando el expediente se remite a otras dependencias judiciales, como pueden ser al Ministerio Publico, Procurador General, Defensor, Fiscalía, otro juzgado etc. EN VISTA DEL MINISTERIO


 


* Los expedientes judiciales hay que ir a revisarlos dos veces por semana, en especial los días MARTES Y VIERNES.


 


* Descargue de internet todos los proveídos que se encuentren publicados en www.pjn.gov.ar.


 


* Tener los proveídos no lo exime de concurrir a tribunales.


 


* Arme un listado virtual con su correo electrónico. El sistema le enviará una alerta a su correo cuando se haya publicado un proveído.


 


Camino a tribunales


 


* Es preferible concurrir a los Juzgados lo más temprano posible. También se gana tiempo con ello.


 


* Todos los juzgados requieren la credencial después de las 11.30 en el caso de los días de Nota y a partir de las 12.30 en los restantes días.


 


* Los demás días, es decir, lunes, miércoles y viernes, tienen un horario más extenso para los no letrados y se encuentran menos concurridos.


 


* Algunas veces pasa que uno se pierde, es bueno repasar antes de empezar la recorrida, qué es lo importante para ver.


 


* Utilizar la mesa receptora de escritos en la que se pueden dejar piezas procesales para agilizar la recorrida.


 


* Llevar algún tipo de identificación ya sea para el caso de tener que notificarse espontáneamente de alguna resolución, o tener que dejar nota, o en el caso de expedientes reservados, poder tener acceso a ellos, así también como para retirar oficios, mandamientos, testimonios etc.


 


En la mesa


 


En relación al comportamiento…


 


* Tratar de la mejor manera al personal de mesa de entradas pues generalmente la manera en la cual uno trata a los demás es la manera en la cual uno va a ser tratado. Cuando se ocupa un lugar en mesa, saludar a la gente del Juzgado. Muchas veces, se encuentran haciendo otras actividades, por ejemplo, cosiendo un expediente, o agregando cédulas, y es posible que no nos vean. De esta forma, logramos captar su atención y sabrán que deben atendernos.


 


* Respetar nuestro turno en la mesa de entradas, esto es, hacer la fila debidamente, y ante algunas situaciones ceder nuestro turno, ejemplo: si aparece alguna mujer embarazada, anciana, etc.


 


* Saludar con respeto a los futuros colegas. Ser pacientes y no insistentes porque de lo contrario generaremos rechazo en la gente de mesa de entradas y no nos tratarán de la mejor manera.


 


* Tener buena presencia, actitud, respeto y hasta entablar empatía con la gente de la mesa, esto nos ahorrará problemas.


 


* Si nos visualizan llegar a la mesa y nos conocen ya ellos nos traerán el expediente antes de solicitarlo.


 


* Nunca salir del juzgado con un "No está en letra" "A despacho", etc. Siempre es importante saber "en que esta" y LA FECHA!!! Porque dependiendo de la fecha podrá calcular cuanto tiempo va a tardar el expediente en volver a letra.


 


* Cuando percibimos que el personal de mesa de entradas no sabe bien en qué estado está el expediente, pedir hablar con la persona que lleva el expediente, porque en definitiva va a ser la mas indicada para darnos alguna referencia.


 


* Si tenemos alguna duda para interpretar alguna providencia preguntarle a la gente de Mesa de Entradas. Es posible que si es algo de mero trámite, ellos mismos hayan sido quienes lo escribieron. Sino, pedir hablar con la persona que despacha el expediente y formularle la pregunta pertinente. Esto agilizará nuestro próximo paso en el supuesto que no se hubiera despachado alguna de las peticiones, o nos permitirá, en la próxima presentación completar información para que el despacho sea en consecuencia con lo peticionado.


 


* Preguntar si el auto que está en el expediente ya está digitalizado y publicado en la página del Poder Judicial (www.pjn.gov.ar).


 


* Es preciso, después de "inaugurar" un nuevo juzgado, ir tomando nota de cada una de las particularidades del mismo, sobre todo en relación a la confección de los instrumentos de estilo. Por ejemplo algunos adjuntan las cédulas automáticamente, otros libran oficios, otros los ponen dentro del expediente. Todo ello teniendo en cuenta que cada Juzgado "tiene su librito" y le gusta que se sigan determinados modelos. Así podremos ir armando una buena planilla Excel a la cual podamos recurrir cada vez tengamos de presentar a confronte algún instrumento, evitándonos que sean observados.


 


* Es de utilidad mirar en la cartelera de cada juzgado o alrededor de la mesa en donde suele haber carteles con modelos de oficios, mandamientos, horarios de fotocopia, horarios para las audiencias, funcionarios subrogantes, etc.


 


* Hay juzgados que tienen una canastilla o carpeta donde guardan muchos de los escritos que aún no han sido agregados al expediente. Si necesitamos buscar alguno es bueno señalizarlos de antemano en borde superior izquierdo o derecho de la hoja para poder identificarlos rápidamente y no perder tiempo.


 


* Si nos confrontan en forma negativa más de 2 veces alguna pieza procesal preguntar quién es la persona que confronta e intentar hablar con ella. VER QUE PROBLEMA TIENE LA CÉDULA


 


* El abogado a la hora de ir a tribunales a una audiencia debe ser puntual. Al igual al momento de encontrarse con sus colegas. Tener siempre presente que "la media hora" es para el Juzgado y no para las partes.


 


En relación al procedimiento…


 


Al tener que iniciar un expediente:


 


* Para dar nacimiento al expediente judicial debemos presentar el escrito de demanda, en la Receptoria General de expedientes, del fuero que corresponda.


 


* En el fuero civil y comercial la receptoria confeccionará una carátula del expediente en computadora que es entregada al abogado o procurador, y a ésta deberá adjuntarle todos los otros elementos necesarios en esta etapa de inicio.


 


* Es una condición presentar la carátula expedida por la cámara del fuero junto con el escrito de inicio de demanda en el juzgado y la documental.


 


* Armado todo esto lo llevaremos al Juzgado que ha salido sorteado en el plazo de 5 (cinco) días hábiles, El Juzgado los recibirá y confeccionara un expediente con una carpeta de plástico o cartulina.


 


* Tener en cuenta que pasado el plazo de 5 días desde el sorteo no se podrá dejar en el Juzgado sin antes volver a pasar por la Mesa de Receptoría y "resellar", la carátula.


 


* Es importante antes de retirarse de la Mesa de Sorteo corroborar que los nombres de las partes sean los correctos, de no ser así hacerlo notar y pedir su corrección. Así comenzará el expediente judicial, el cual también será llamado autos, actuados, actuaciones, y causa.


 


* La ausencia de presentación de la fotocopia del documento de la parte, al momento de presentar el formulario para el sorteo, genera que el empleado proceda a entregar otro formulario más. El objeto de este último formulario, es que el letrado patrocinante asuma la carga que implica la ausencia de dicha omisión. Esto es lo que sucede inevitablemente, cuando el proceso que se lleva adelante es una "Inscripción de Nacimiento".


 


Actividades en mesa de entradas


 


* Al momento de solicitar un expediente en mesa es conveniente decir los autos, dar a conocer el objeto del Juicio para facilitar la búsqueda del mismo.


 


* La mayoría de las veces los Juzgados tienen organizados los casilleros según el tipo de proceso de que se trate y según la inicial del apellido de la parte actora en la causa.


 


* El procurador debe llenar, por cada expediente encomendado, una ficha de control de trámite. Si nos falta algún dato como la clave de la causa en los expedientes reservados o los de familia, el número de expediente, el nombre del juez y secretario o sus subrogantes, se la deberá solicitar en el juzgado.


 


* Anotar en la hoja de ruta que llevamos del expediente cualquier tipo de movimiento que se realice, ya sea dejar un escrito, cédula, mandamiento, los proveídos, los dictámenes, los escritos presentados por la contraparte, por los peritos expertos, etc.


 


* Anotar también los nombres de juez, secretario, defensor de menores y fiscal, y los cambios que se pudieran producir, esto es, juez subrogante, secretario interino etc.


 


* Si es la primera vez que se ve el expediente, será necesario verlo desde el inicio y hacer un informe detallado, esto nos servirá para ver la estrategia a seguir y ver si hay algo pendiente, de esta forma tomaremos mejor conocimiento del estado del mismo.


 


* Es importante que este trabajo sea hecho a conciencia y prestando atención en cada una de las resoluciones y pedidos de cada parte, ya que si surge alguna duda, se pueda despejar en ese momento, sea consultándola en el mismo expediente o con la persona que esté en mesa de entradas.


 


* La mejor y única manera de interiorizarnos en el expediente se logra haciendo la recorrida de tribunales.


 


* Si se hiciese Procuración en algún fuero que no tenga Sistema Vía Internet, estar atentos a ello porque la única forma de tener los proveídos es copiándolos, los cuales deben estar tal cual.


 


* Estar ATENTOS cuando un proveído dice: NOTIFIQUESE, pues significa que tenemos o nos tienen que notificar por CÉDULA. Si dudamos acerca de si la notificación la hace el Juzgado o corresponde que lo haga la parte, consultarlo con la gente de Mesa.


 


* Siempre anotar las tres F: FIRMA, FOJA Y FECHA. Copiar el proveído, la fecha del mismo, y la persona que lo firma (nombre, apellido y cargo). Esto nos servirá para confeccionar ya sea nuevas peticiones, que refieran a escritos anteriores, o cédulas, oficios, testimonios, mandamientos que lleven la transcripción de una resolución, sin tener así que perder tiempo en volver al juzgado para copiar del expediente los datos faltantes, más aún, teniendo en cuenta que hay datos que no se ven por Internet.


 


* Asegurarse que las copias de traslado estén firmadas en todas las hojas. A diferencia de los escritos, en los cuales la firma se coloca al final del documento solamente.


 


* Siempre preguntar si hay cédulas para agregar Al expediente.



* Ante la mesa de entradas, conviene preguntar en ese momento, si debemos expresar por escrito algún pedido en especial o el mismo juzgado de oficio lo efectúa, por ejemplo el pase a una instancia superior.


 


* Recordemos que quizá deba ver nuestro trabajo gente que no estuvo en contacto con el expediente y debemos lograr que entienda de qué se trata.


 


* Anotar en la hoja de ruta el horario para sacar fotocopias y si se solicita por escrito.


 


Al dejar escritos...


 


* Pedir el expediente correspondiente y aguardar que se nos entregue cuando se quiere dejar un escrito de modo que lo agreguen en el momento y que no quede suelto; así es menos probable que se pierda o traspapele.


 


* Ante el caso de estar por vencer un plazo para presentar un escrito de no ubicarse el expediente deberá tratar de hacer todo lo posible para localizarlo, sea hablando con quién despacha el expediente, o pidiendo hablar con el prosecretario o secretario del juzgado.


 


* Siempre que dejemos un escrito debemos llevar una copia para la carpeta de archivo del estudio, ello a los fines de que en dicha copia quede plasmado el cargo.


 


* Ante la presentación de un escrito solicite que se inserte el cargo -en el original y en la copia-.


 


* Hacer dejar constancia de la cantidad de copias adjuntadas al escrito.


 


* Si el sello fechador mecánico no funciona -en caso de algún desperfecto-, se debe solicitar que se inserte en el escrito el cargo con un sello manual del juzgado; ello verificando que la fecha se corresponda con la de su presentación, ya que puede pasar que el cargo no está actualizado.


 


* Tener la citada copia sellada por el Juzgado nos facilita cualquier inconveniente que pueda surgir a posteriori, como por ejemplo que el escrito original se haya perdido o traspapelado. En este caso el problema se podrá solucionar acompañando nuestra copia sellada.


 


* Se deberán acompañar tantas copias de un escrito cuantas partes y peritos haya. De no hacerlo nos intimará a acompañar la cantidad de copias de traslado y podría tener por no presentado el escrito si no se cumple con esa carga procesal.


 


* Las copias se adjuntan a los fines de acompañarlas a la cédula en ocasión de efectuar el traslado de esa presentación.



* Dejar las copias da la posibilidad a las partes y peritos de notificarse espontáneamente en el expediente retirando la copia dejando nota de ello al pie de la resolución.


 


* El escrito presentado en un juzgado distinto del correspondiente puede llegar a considerarse no presentado, y no produce ningún efecto en el juicio en cuestión. No obstante, puede suceder, que el juzgado remita automáticamente el escrito al juzgado correcto, y tengan por presentado el escrito.


 


* Cuando se deje un escrito que se debía presentar en las "dos primeras horas", no sólo es imprescindible que se deje constancia del cargo con la fecha, sino que, cuando se trata del cargo manual, se debe solicitar que se deje plasmada la HORA en que fue presentado.


 


Consulta de expedientes...


 


* Cuando un profesional necesita consultar, por primera vez, un expediente en el cual han intervenido con anterioridad otros profesionales, se deberá comenzar por las primeras hojas o fojas, para analizar cómo se entabló la demanda y cuál fue su contestación -si la hubo- , procurando sacar fotocopias de la totalidad del expediente o de las piezas claves. Es decir, deberá leer el expediente desde la primera hoja hacia la última, y analizar en qué términos quedó trabada la litis, cuáles son los hechos controvertidos, y cuál es la prueba ofrecida. Ha de constatar -según el estado procesal del juicio- si el juez proveyó la prueba y si fue producida total o parcialmente. En fin, se comenzará leyendo la primera etapa y seguirá el curso del pleito hasta su estado actual, a partir del cuál deberá, tal vez, intervenir como nuevo letrado.


 


* Los jefes de Mesa de Entradas tienen entre sus funciones la de confeccionar los legajos de las causas paralizadas y archivadas. Dichos listados generalmente se organizan por años y pueden estar por separado las dos ferias judiciales (enero y julio). Por lo que se le asigna a cada expediente un número de legajo que será el que deberemos solicitar en el juzgado, para hacerlo constar en el escrito respectivo si uno pretende sacarlos de paralizado. Luego para corroborar que el pedido ha sido ejecutado, deberemos consultar el listado de causas paralizadas, pues allí veremos la fecha en que fue sacado de paralizado.


 


* Si hay algún expediente que hace bastante tiempo que no podemos ver porque siempre nos dicen que no está en letra, preguntar amablemente qué es lo que está pasando con el mismo, de ser necesario pedir hablar con la persona que lo despacha.


 


* Si el expediente no se encuentra en letra sin haber una causa que así lo justifique solicite su búsqueda. Si bien el letrado puede solicitarla por medio de un escrito manifestando desde cuando no se encuentra en letra, también puede hacerlo verbalmente, tomando nota de ello el empleado de mesa de entradas, a fines de que proceda a buscarlo informalmente.


 


* Antes de solicitar la búsqueda de un expediente, es útil consultar los diferentes libros que lleva el juzgado para chequear si se encuentra anotado en alguno de ellos, lo cual dará cuenta de su remisión a otra dependencia, a saber, "Cámara, "Vistas", "Pases a otro Juzgado", "Fisco", etc.


 


* Si consultamos un expediente un día Martes o Viernes y no está en el casillero, debemos dejar nota.


 


* Para DEJAR NOTA debemos pedir el Libro de Notas, donde primero ponemos la fecha, luego escribiremos: que solicitamos el expediente, detallamos la carátula, tipo de proceso y número de expediente, que se nos informó que no estaba en la letra, y firmamos -aclarando nombre, apellido, tomo y folio, autorizado a fojas- también es conveniente detallar que parte patrocinamos.


 


* El retiro de una copia de un escrito implica la notificación personal del traslado que respecto del contenido de aquellos se hubiere conferido.


 


* Es aconsejable en ocasiones que se tome nota “a mano” si lo que se busca es evitar quedar notificado, con lo cual no correrá el plazo.


 


* Asimismo, el retiro del expediente importará la notificación de todas las resoluciones. (Art. 127, 134 CPCCN). Tenerlo presente al momento de retirar el expediente para sacar fotocopias.


 


* Conocer cabalmente el estado procesal del expediente, qué es los que se tiene que despachar, si tenía que pasar en vista, lo libera a ud. de pasar un mal rato en la mesa de entradas.


 


Vistas, pases y préstamos del expediente


 


* Si nos informan que el expediente ha salido del juzgado en vista, pase o ad effectum (AEV) debemos constatar si realmente ha ocurrido y en qué fecha consultando el libro pertinente, los mismos se encuentran ordenados alfabéticamente o cronológicamente.



* Debemos controlar los expedientes que están para pasar a Cámara. Revisar si están cumplidos todas las notificaciones, etc. y en caso que sea así, comunicarlo en mesa a ver si lo pueden pasar a Cámara directamente o si es necesario pedirlo por escrito.



* Cuando el abogado solicita en préstamo el expediente, como de ello se debe dejar constancia en el libro de préstamos, luego de devolverlo, debe asegurarse de que sea dado de baja en el citado libro, evitando que se lo haga responsable de cualquier deterioro o perdida que pudiera ocurrir con el expediente.



* Normalmente se cruza con dos rayas la constancia del préstamo y se indica el día, fecha y firma del que recibe el expediente en el juzgado.


 


Trámite de cédulas


 


* Si se dejó una cédula, la próxima vez que concurramos al juzgado fijarse en el listado si ya salió, tomar nota de la fecha y el número de orden.


 


* En el listado podrá figurar por el nombre de a quien va dirigida o por los autos. Es conveniente efectuar un cálculo aproximado de cuanto puede tardar, por ejemplo una cédula dirigida a un domicilio constituido seguramente volverá en siete a diez días.


 


* Estarán tachadas las constancias en el listado de las que regresaron al juzgado desde la oficina de notificaciones.


 


* En caso de que una cédula no se encuentre todavía agregada al expediente y que en el listado no figure su regreso habiendo transcurrido demasiado tiempo, conviene ir a la oficina de notificaciones a averiguar qué pasó.


 


* De no encontrar la cédula en el listado, hay que pedir la canastilla de "cédulas observadas" del juzgado en la que se encuentran aquellas cédulas que no se llegaron a librar por existir un error (en el número de expediente o por la falta de zona de notificación) o que los oficiales notificadores devuelven por algún motivo en especial; por ejemplo, si en el casillero donde dice copias indicamos que va con copia y no la acompañamos, etc. De ocurrir esto, tendremos que retirarla, corregirla y volver a llevarla al juzgado.


 


* Son devueltas todas las cédulas que tengan constancias manuscritas.


 


* Anotar siempre el resultado de las cédulas de notificación y su fecha de recepción, lo cual nos servirá para conocer los plazos a cumplir, en el caso de la contraria para controlar si presenta algún escrito extemporáneo. También podremos saber si hay que repetir la notificación de resultado negativo, o si se celebra o no alguna audiencia, atento si todos los citados fueron o no debidamente notificados.


 


Audiencias


 


* En un proceso pueden celebrarse audiencias con diversas finalidades. Ej, al ofrecer prueba confesional, el juez fijará una audiencia para que la contraria absuelva posiciones, o fijar audiencias de conciliación, testimoniales, etc. En las audiencias de prueba, el empleado con facultades (audiencista) tomará nota textual (en computadora) de todo lo manifestado por el declarante (ya sea absolvente, testigo).


 


* En las audiencias de conciliación, si no se llego a ningún acuerdo se dejara constancia de ello, o si se logro celebrar algún convenio se transcribe el contenido de todos los términos del acuerdo.


 


* Las actas serán firmadas por las partes que han intervenido en el acto, los letrados y finalmente el secretario.


 


* El abogado puede pedirle al audiencista que le entregue copia del acta que ha labrado, o bien fotocopiarla en una oportunidad posterior, para así tenerla y agregarla a su carpeta de control melliza.


 


* Cuando se ha determinado la fijación de una audiencia, ya sea por petición de partes y/o por facultad del juez, y ante la solicitud del expediente en el mismo juzgado, la respuesta es: " está para llenar blancos de audiencia " significa que debe fijarse la fecha y la hora de la misma. En algunos casos el letrado podrá solicitar ser anunciado al empleado que lleva la agenda del juzgado y peticionar que se le fije la fecha por cuestiones de urgencia.


 


La aventura del oficio


 


* Llegamos al fin a la mesa tras esperar un largo tiempo, vemos el expediente y al ver el proveído nos damos cuenta que debemos confeccionar un oficio... allí comienza nuestra aventura.


 


* Lo confeccionamos y lo dejamos a confronte. Al dejar en algunos juzgados deberemos dejar nota nosotros, en otros la redactará el personal de mesa de entradas o nos sellarán una copia; por ello debemos averiguar en el juzgado cual será la metodología.


 


* Tener en cuenta que algunos juzgados requieren que se dejen a confronte oficios confeccionados conforme lo prescripto en el art. 400 del CPCCN.


 


* Con referencia a los oficios art. 400 debemos confeccionarlos y firmarlos, en algunos juzgados le colocan el sello moneda y en otros no.


 


* Al concurrir al juzgado luego de haber dejado a confronte un oficio primero debemos fijarnos si al final del expediente o al final de la resolución que lo ordena si dice "oficio librado" u "observado". Algunos juzgados no ponen nada por lo que deberemos averiguar en formal verbal. En la mayoría de los casos si está firmado obra una copia agregada al expediente.


 


* De no estar agregado al expediente debemos cotejar si está suelto dentro de éste o detrás de la carátula (dentro del plástico), de no ser así preguntar en mesa de entradas si poseen canastilla/carpeta de oficios observados.


 


* De hallarse observado debemos retirar el oficio que contendrá en lápiz las observaciones y/o correcciones (en algunos juzgados se deja nota y en otros no) para confeccionarlo nuevamente conforme a ellas.


 


* Es aconsejable que nunca nos retiremos de un juzgado sin tener en claro exactamente a que se deben las mismas, y asegurarnos de haber interpretado cuál es el error que se cometió, para luego no incurrir en un mismo error que implique nuevamente una observación. Si es necesario se aconseja pedir amablemente ayuda a algún empleado de la mesa del juzgado.


 


* Al dejar el nuevo oficio con las correcciones en el juzgado debemos hacerlo junto al observado para evitar que se efectúen correcciones diferentes a la observación anterior.


 


* Cuando se trata de un simple pedido de informes, son firmados por los abogados, como regla general (art. 398 y 400 CPCCN). Cuando se trata de comunicar la traba de medidas cautelares o sentencias, son firmados por el secretario del juzgado. Cuando versen sobre la disposición de fondos depositados en un expediente judicial a la orden del juez, o se trate de la remisión de un expediente, serán firmados por el juez.


 


Trámites fuera de tribunales y ante entidades públicas y privadas


 


* La actividad a realizar en estas entidades varía bastante respecto de los juzgados, ya que las mismas dan un trámite administrativo y no judicial y se deben tener en cuenta temas como la ley de procedimientos administrativos.


 


* Siempre es bueno tener presente que hemos aprendido en el resto de las materias como ser los principios del derecho Administrativo, como informalismo a favor del Particular, para poder actuar frente a dichas entidades.


 


* Es importante antes de asistir informarse de forma previa su horario de atención al público, formalidades para la presentación de trámites. Generalmente organismos como ANSES o AFIP suelen tener en sus páginas web donde podemos efectuar las consultas.


 


* En el caso de tener que dejar una nota u oficio u otro, es sumamente importante llevar copia de los mismos y consultar qué número de trámite interno le asignan, debido a que si no es contestado o no aparece deberemos utilizar esa información para el reclamo.


 


* Con respecto a la vista o copia de un expediente a diferencia de tribunales, en estos organismos, no se podrá acceder a los mismos si uno no se encuentra autorizado en ellos, con lo cual es un dato que se debe tener muy presente.


 


* Estar en conocimiento de los artículos del Código Procesal correspondientes al caso y de la Ley 22.172 a los fines del diligenciamiento de los instrumentos que así lo requieran, ya que muchas veces sobre todo las oficinas públicas, se rehúsan a recibir lo que llevamos aduciendo cuestiones que no justifican realmente que puedan dejar de recibirlos, por lo que debemos discutir y argumentarles, mencionando la ley o el código si es necesario, teniendo en cuenta mas allá de sus movimientos internos los mismos deben ser recibidos y sellados.


 


* El artículo 8 de la ley 22.172 atribuye al que diligencia todas las obligaciones de un mandatario judicial, por lo tanto está facultado para hacer todas las peticiones necesarias para lograr el cumplimiento de la medida sin alterar su objeto.


 


* Cuando tenemos dudas acerca de donde se encuentra un expediente, dado que en el juzgado no se encuentra y ellos mismo no tienen registrado donde esta el mismo, podemos acudir a el “Entrepiso” de Lavalle 1220, y averiguar donde se encuentra, si paso a cámara y en ese caso, a cual de ellas.


 


Al regreso de tribunales


 


* Volcar la información obtenida en una base de datos.


 


* La información que contiene la base de datos debe ser un fiel reflejo del expediente judicial.


 


* Confeccionar los oficios, cédulas, testimonios.


 


* Agendar los vencimientos y las audiencias.


 


* Archivar las copias selladas.


 


* Redactar los escritos judiciales.


 


* Diseñar las estrategias procesales y extraprocesales.


 


* Citar al cliente para la firma de los escritos.


 


* Citar al cliente para informarlo de la marcha del proceso.


 


* Recibimos sugerencias de tips para la recorrida de tribunales en el siguiente email: comision1163@derecho.uba.ar

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