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domingo, 27 de octubre de 2024

Mala praxis odontológica: Durante una cirugía, el odontólogo, dejó alojada parte de una aguja -aun sin poder extraerse- en la boca del paciente

Partes: W. M. S. y otros c/ P. A. O. y otro s/ Daños y perjuicios – responsabilidad profesionales médicos y auxiliares



Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil


Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: G


Fecha: 4 de septiembre de 2024


Colección: Fallos


Cita: MJ-JU-M-153498-AR|MJJ153498|MJJ153498


Voces: MALA PRAXIS – RESPONSABILIDAD MÉDICA – DAÑOS Y PERJUICIOS – ODONTÓLOGOS – PRUEBA DE PERITOS – DAÑO MORAL


Procedencia de una demanda de mala praxis por la conducta del odontólogo demandado quien, durante una cirugía dejó alojada parte de una aguja -aun sin poder extraerse- en la boca del paciente.



Sumario:

1.-Corresponde admitir la demanda de mala praxis médica -odontológica-, en tanto no existe duda que odontólogo tratante provocó un daño a su paciente al dejar alojada una parte de la aguja de una jeringa de su propiedad en el cuerpo de ella, cuyo intento de extracción importaría riesgos altísimos; cabe agregar que los demandados se hallan lejos de haber producido prueba sobre el invocado movimiento repentino de la paciente y la ausencia de toda referencia a tan importante circunstancia en la historia clínica constituye un indicador de su ausencia.


2.-La prestación odontológica es un servicio médico especializado en la atención y cuidado de la salud de las piezas dentarias que constituyen el aparato masticatorio, por lo que todo el régimen jurídico concerniente a la responsabilidad de los médicos en general es aplicable a otros profesionales del arte de curar, como los odontólogos, en todo cuanto sea compatible con la índole de sus tareas.


3.-A fin de verificar la responsabilidad médica, resulta decisiva la prueba pericial, pues la apreciación de los hechos controvertidos -a la luz de la conducta debida- suele requerir de conocimientos técnicos y científicos especiales.


4.-Resulta llamativo que los demandantes afirmen que no se ha probado la existencia de un daño moral frente la explicación de la perita de que ‘la permanencia de la aguja en el cuerpo es peligrosa para su vida, no se puede asistir quirúrgicamente a la paciente, atento a la ubicación del fragmento de la aguja, que se encuentra en la zona retrofaringea, en posible comunicación de la carótida interna, siendo riesgosa una intervención quirúrgica’.

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