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domingo, 6 de octubre de 2024

Jubilación Como y cuando me jubilo ?

 JUBILACIÓN CON O SIN APORTES.



Requisitos:

EDAD: Si no trabajó de Peón Rural, en la Construcción, de Chofer u otro régimen especial, las mujeres deberán tener 60 años y los hombres 65 años o más.


Documentación Necesaria: DNI, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento.


APORTES  Si usted no tiene aportes, o no le han hecho los aportes, puede igualmente jubilarse y percibirá la misma jubilación ordinaria como si tuviera aportes.


La ley 27.270 introduce una serie de nuevas variables, requisitos y posibilidades a la hora de jubilarse que modifica los requisitos de acceso y condiciones que introducen una serie de posibilidades y variables que resulta necesario analizar caso a caso. Todas estas modificaciones deben ser razonadas y valoradas adecuadamente a la hora de elegir cuál de las moratorias actuales es la que resulta más adecuada para cada caso.-

 Regímenes especiales

PEON RURAL

JUBILACIÓN DEL TRABAJADOR RURAL

Edad: 57 años de edad – sin distinción de sexo.


Aportes: 25 años de servicios con aportes como trabajador agrario en relación de dependencia. Se puede aplicar en forma proporcional si no acreditan los 25 años de servicios rurales, entonces si tiene pocos meses de Peón Rural también baja la Edad requerida. 


OBREROS DE LA CONSTRUCCIÓN

Edad: 55 años de edad, con 25 años de aportes. Se puede aplicar en forma proporcional si no acreditan los 25 años de servicios en la construcción, entonces también baja la Edad requerida si tiene pocos meses en su Libreta de la Construcción. Consúltenos.-


CHOFERES

JUBILACIÓN para choferes de camiones, taxistas, etc

CAMIONEROS. TAXISTAS. CHOFERES


Camionero – Fletero Dependiente: 55 años con 25 años de aportes.

Conductor de Ómnibus – Transporte Colectivo: 55 años con 30 años de aportes.

Camionero – Fletero Autónomo: 60 años con 30 años de aportes.

Taxista propietario autónomo: 60 años con 30 años de aportes.


Jubilaciones diferenciales:

Tareas Insalubres:


Adaptan la jubilación a aquellos trabajadores que desarrollan actividades insalubres que generan vejez o agotamiento prematuro –insalubres, por lo cual se les requiere menores requisitos de edad y/o servicios o se les bonifican los servicios realizados.


Es para el personal que se desempeñe habitualmente en lugares o ambientes declarados insalubres por la autoridad nacional competente.


Están comprendidos la minusvalía, la ceguera, Radiólogos, Petroleros, Gráficos, Aero navegantes, Ferroviario, Cámaras frías, conductor de ómnibus de líneas urbanas, interurbanas o de larga distancia, personal embarcado, etc.


Si desarrolló sucesivamente servicios comunes y diferenciales se efectúa un prorrateo del tiempo de servicios insalubres y comunes para determinar los años de servicios y la edad necesaria para la jubilación.


En los casos de tareas declaradas insalubres por la autoridad nacional competente la edad requerida es 52 años para las mujeres y 55 para los hombres, con 30 años de aportes.


Para los no videntes pueden acceder a la jubilación cumpliendo cualquiera de estos dos requisitos: 45 años de edad o 20 años de aportes. Si la ceguera no es congénita, deben haberla adquirido al menos 5 años antes de la solicitud del beneficio.


Jubilaciones por Edad Avanzada

Este beneficio es para aquellos afiliados de 70 o más años que tengan imposibilidad de acreditar los años de servicios exigidos para obtener una Jubilación.


Jubilaciones Servicio Doméstico

Habitualmente los aportes del personal doméstico están distribuidos por diferentes dadores de trabajo (empleadores) lo que implica la reunión de la toda la información necesaria que nosotros realizamos para ingresar la jubilación.


Jubilación para Extranjero:


Si tiene 30 años de residencia en el país, desde la fecha de ingreso al país que figura en el DNI, los extranjeros podrán tramitar su jubilación en Argentina aplicándosele idénticos requisitos que a los argentinos.


Retiro por invalidez: 

Si es menor a los 65 años de edad y posee una discapacidad física o intelectual que produzca una disminución en su capacidad laboral de al menos el 66% podrán tramitar un retiro por invalidez sujeto a que cumpla con el requisito de aportes necesarios anteriores a la solicitud de invalidez, por lo tanto es importante que consulte lo antes posible.. La documentación requerida depende de cada caso concreto.


Reconocimiento de servicios:


Puede ser para presentar en otra Caja Otorgante o para el caso en que no se posea certificaciones de servicios y no aparezcan datos en el ANSES. Aportaremos las pruebas que se disponga (declaración de testigos que afirmen que conocían que a esa fecha usted trabajaba para determinada empresa , o ex-compañeros de trabajo, recibos de haberes que haya guardado, etc.), a fin de que el ANSES reconozca esos años trabajados.


Otros trámites y RECLAMOS ADMINISTRATIVOS:


Transformación de Edad Avanzada en Jubilación Ordinaria.

Errónea liquidación de haberes jubilatorios y pensión o error material de la ANSeS por liquidación inexacta del haber.

Incorrecta fecha inicial de pago del beneficio jubilatorio.

Falta de Pago del haber mensual o retroactivo.

Rehabilitación de beneficio jubilatorio suspendido.

Reapertura de expedientes denegados.

SICAM (Monotributistas y Autónomos).

Recurso de Apelación por denegación de beneficio ante la CARSS y el Fuero Federal de la Seguridad Social.

Trámites ante la AFIP. Trabajadores autónomos. Aportantes monotributistas, Altas, bajas y modificaciones de categorías Constancia de CUIT, Afiliaciones con Clave Fiscal.


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