Noticias

martes, 1 de octubre de 2024

Dalvian, el juicio perdido contra la ATM en la Corte y el sobre misterioso

El ente recaudador exigió al barrio privado una deuda por Ingresos Brutos y el expediente terminó en el máximo tribunal. Los detalles del caso que se extendió durante 13 años.



El jueves 19 de marzo de 2020, a las 22.30, un escribano se acercó al moderno edificio de la Administración Tributaria Mendoza (ATM) en calle Peltier 793, con un sobre en sus manos. Como no lo atendieron –en ese horario lógicamente no hay empleados en el lugar-, lo dejó por debajo de la puerta. Este hecho, que quedó plasmado en un acta notarial, ocurrió sólo una hora y media antes de la entrada en vigencia en todo el país del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, debido a la pandemia de Covid-19 que causó estragos.


Ese sobre, que finalmente nadie encontró ni tampoco quedó registrado en el libro de novedades de los guardias que custodiaban el edificio, es una de las claves para entender el reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia, que rechazó una demanda presentada por Dalvian contra la ATM por el cobro de Ingresos Brutos.


ATM contra Dalvian

El comienzo de la historia se remonta a diciembre de 2011, cuando la ATM determinó de oficio que la categoría tributaria de Dalvian estaba mal encuadrada. La empresa siempre declaró que se dedicaba a la “construcción y reforma de infraestructuras”, pero el organismo recaudador la ubicó en la actividad inmobiliaria de urbanización, para luego lucrar con la venta de lotes. Esa recategorización, cuestionada judicialmente por Dalvian, derivó en una deuda de la empresa con el fisco por Ingresos Brutos, correspondiente a los ejercicios 2006, 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011.


Dalvian denunció que la causa estaba prescripta y consiguió un triunfo parcial: la ATM le dio la razón por los tres primeros años, pero mantuvo la determinación efectuada sobre los tres restantes. Así, además de reclamar por el capital e intereses, impuso multas por el incumplimiento de obligaciones sustanciales en los periodos fiscales que se extendieron desde enero de 2009 a noviembre de 2011.


El trámite, que se extendió durante varios años con presentaciones de descargos y documentación por parte de Dalvian, culminó en el dictado de la resolución 352/2018 de la ATM. Así las cosas, el 17 de octubre de 2018 se emitió una boleta en concepto de Ingresos Brutos por $5,5 millones.


La empresa de la familia Vila interpuso un recurso de revocatoria contra esa resolución, planteando la prescripción de los periodos reclamados y la errónea categorización de su actividad. La ATM le dio la razón en parte, al considerar vencidos los periodos 2006, 2007 y 2008.


La aparición del sobre misterioso

A comienzos de marzo de 2020, pocos días antes del inicio de la cuarentena obligatoria por el coronavirus, el organismo recaudador redeterminó el monto de la deuda (la dejó en $2,9 millones) y notificó a Dalvian. Inmediatamente comenzó a correr el plazo de 15 días hábiles para que la empresa realice su descargo contra la resolución 35/2020.


Pero la compañía dueña del emblemático barrio de Ciudad no impugnó a tiempo la decisión de la ATM, que siguió adelante con el procedimiento de ejecución de la deuda mediante apremio. Así lo notificó el 14 de diciembre de 2021.


Dalvian reaccionó recién el 9 de enero de 2022, interponiendo un recurso de revocatoria contra la boleta. En su defensa, dijo que no estaba resuelto su reclamo inicial contra la resolución 352/2018 y que no había sido notificada sobre la resolución 35/2020.


La ATM negó ambas situaciones y destacó el tiempo que pasó desde que advirtió a Dalvian de su deuda hasta la respuesta administrativa de la empresa.


En ese momento apareció en escena el misterioso sobre, con el cual Dalvian intentó demostrar que solicitó en tiempo y forma la vista y suspensión de los plazos para recurrir la resolución 35/2020.


Se trata del escrito titulado “Solicita vista. Suspensión de plazos”, presentado por un escribano en la noche del 19 de marzo de 2020 en el edificio de la ATM.


Qué resolvió la Corte en su fallo

Pero en su fallo, la Corte dio por acreditado que la empresa había sido notificada por la ATM. También destacó la “discordancia” de Dalvian, que recién cuando recibió el apremio sacó a relucir el acta notarial.


“No se encuentra acreditado que dicha acta haya llegado a las actuaciones administrativas, o haya sido incorporada en ellas. En efecto, no se halla probada su recepción en el edificio de ATM ubicado en calle Peltier. Tampoco existen pruebas de que la administración haya obrado de mala fe, descartando dicho instrumento y evitando así su incorporación al expediente administrativo”, señaló el máximo tribunal.


También manifestó que Dalvian no se preocupó por controlar si el acta se sumó efectivamente al expediente, teniendo en cuenta el particular horario y modo de ingreso a la ATM. “Tampoco se encuentra acreditado que en todo el plazo acaecido entre el acta de constatación notarial y el recurso opuesto, la accionante haya efectuado diligencia alguna para verificar, constatar o solicitar la inclusión de aquel instrumento”, señaló la jueza María Teresa Day en la argumentación de su voto, al que adhirieron sus pares Pedro Llorente y Julio Gómez.


La Corte además hizo mención a los tiempos judiciales suspendidos en la pandemia. Sus cuentas revelaron que el plazo de Dalvian para presentar la impugnación corrió desde el 5 de marzo hasta el 19 de junio de 2020. Por eso defendió la decisión de la ATM “que rechazó el recurso jerárquico por haber sido opuesto extemporáneamente”.


Mientras la Fiscalía de Estado avaló la postura de la ATM, la Procuración General aconsejó hacer lugar a la demanda de la empresa.


Finalmente la Sala I de la Suprema Corte resolvió el pasado 16 de septiembre “rechazar la acción procesal administrativa interpuesta por Dalvian SA” y le impuso las costas. También habilitó al órgano provincial a disponer de un monto depositado por la empresa en una cuenta del Banco Nación, en concepto del capital de la deuda.


¿Qué pasó entonces con ese sobre que presuntamente un escribano dejó por debajo de la puerta de la ATM minutos antes del comienzo de la cuarentena obligatoria? La sospecha, que ni siquiera la Corte se animó a dejarla plasmada en su fallo, es que nunca existió.

No hay comentarios:

Publicar un comentario