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miércoles, 11 de septiembre de 2024

Alimentos entre parientes: Es prematura la sentencia que ordenó a la hija abonar una cuota alimentaria a favor de su padre, en tanto no se consideraron las denuncias de hechos de abuso sexual

Partes: A. H. E. c/ A. L. V. s/ Alimentos



Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata


Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: III


Fecha: 13 de agosto de 2024


Colección: Fallos


Cita: MJ-JU-M-153231-AR|MJJ153231|MJJ153231


Voces: ALIMENTOS ENTRE PARIENTES – CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN – PERSONAS CON DISCAPACIDAD – PERSPECTIVA DE GÉNERO – VIOLENCIA DE GÉNERO


Es prematura la sentencia que ordenó a la hija abonar una cuota alimentaria a favor de su padre, en tanto no se consideraron las denuncias de hechos de abuso sexual efectuadas.


Sumario:

1.-Corresponde declarar nula por prematura la sentencia que ordena a la hija a abonar una cuota alimentaria a favor de su progenitor, desde que omitió toda consideración de la influencia que podrían tener los hechos de abuso sexual denunciados penalmente por la recurrente.


2.-Resulta una obligación para la magistratura incorporar al análisis todas aquellas cuestiones que, debido al género, pueden conllevar un trato inequitativo, en resguardo de derecho a la igualdad y a la no discriminación, derechos reconocidos en la Constitución Nacional y Convenciones internacionales.

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