El comportamiento del abogado al falsificar la firma de su cliente implicó el entorpecimiento del proceso y un innecesario dispendio jurisdiccional, por lo que la suspensión en el ejercicio profesional tiene como sustento ejemplificador, evitar interferencias en los derechos y las garantías de las partes intervinientes en el proceso.
R. M. L., T. M. e I. M. A. c/ D. F. H., T. R. S.A. y Federación Patronal Seguros S.A. – Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy – 31/7/2023
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