Partes: Olmos Mariela del Valle c/ ANSES s/ Amparo ley 16.986
Tribunal: Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: B
Fecha: 16 de mayo de 2023
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-143640-AR|MJJ143640|MJJ143640
Se confirma inaplicabilidad del decreto 300/1997, el cual exige la presentación de la declaración jurada de salud a fin de determinar si la accionante padecía alguna incapacidad al momento de su afiliación.
Sumario:
1.-La aplicación mecánica de la norma reglamentaria dec. 300/97 podría implicar la no obtención del beneficio o en su caso, una calificación diversa a la que hubiera correspondido, lo cual generaría una lesión en forma directa a la finalidad de la seguridad social, que no es otra sino la de ‘cubrir riesgos de subsistencia y ancianidad…’, y en caso de duda, la CSJN ha señalado que debe estarse a la postura que concede y no a la que deniega la prestación jubilatoria.
2.-No puede exigirse el cumplimiento de otro requisito a aquella persona cuya incapacidad repentina le impidió seguir trabajando, máxime cuando no surge de las constancias de la causa que Anses haya llevado a cabo las medidas necesarias para dar cumplimiento a la exigencia de la notificación que prevé el dec. 300/97.
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