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sábado, 22 de abril de 2023

Tip legal: ¿Es necesario que haya una causa que justifique mi pedido de divorcio?

Por M. Florencia Durá (*)

Actualmente nuestro Código Civil y Comercial de la Nación le otorga celeridad al proceso de divorcio.



En este sentido algunas de las modificaciones con respecto a la anterior normativa son: 

  1. la obligatoriedad de presentar una propuesta reguladora, 
  2. la prescindencia de la conformidad del otro cónyuge para divorciarse, 
  3. la prescindencia de la explicación de los motivos, 
  4. la ausencia de culpa, 
  5. eliminación de la figura de separación personal, 
  6. eliminación de plazos que establecía el anterior código, 
  7. entre otras cuestiones.


Anteriormente, en nuestro país existía el divorcio causado, es decir, al momento de divorciarse debían expresar los motivos. Las causales de divorcio podían ser objetivas o subjetivas. Estas últimas determinaban la existencia de un culpable.


Por lo tanto, existía una valoración judicial de los motivos del divorcio, restringiendo así la autonomía de la voluntad. Ello generaba una intromisión del Estado en la familia, gran desgaste emocional para todos sus miembros y en los casos de causales subjetivas existía una dificultad probatoria.


Sin embargo, la evolución de nuestra sociedad exigió un cambio en este sentido, siendo necesario pasar a un divorcio incausado y poniendo el foco en la organización familiar luego del divorcio, es por eso que junto con la presentación del pedido de divorcio es obligatoria la presentación de una propuesta reguladora o un convenio regulador de los efectos del divorcio.


Estos cambios dan cuenta del cambio de paradigma en relación a la familia, si bien sigue existiendo la noción de interés familiar se abre paso una concepción más amplia, respetando la autonomía individual de cada uno de sus miembros y ante la ruptura el nuevo Código mira hacia el futuro, dejando atrás el pasado y sin buscar culpables.


(*) Abogada. Maestranda de Derecho de Familia, Infancia y Adolescencia en la Universidad de Buenos Aires. Desempeña funciones en la Dirección General Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Justicia y Seguridad CABA y de manera independiente.

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