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jueves, 2 de marzo de 2023

AVENTURERO CULPOSO: Ante la peligrosidad del terreno del Parque Nacional, los carteles de advertencia, la falta de práctica y de equipamiento adecuado para senderos de montaña; y el desconocimiento del área, se juzga que el ciclista tuvo una conducta imprudente

Partes: Calderón Julián Matías c/ Estado Nacional – Secretaría de Turismo y Deporte – APN s/ daños y perjuicios



Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal


Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: II


Fecha: 29 de diciembre de 2022


Colección: Fallos


Cita: MJ-JU-M-140702-AR|MJJ140702|MJJ140702


Voces: PARQUES NACIONALES – DAÑOS Y PERJUICIOS – RECHAZO DE LA DEMANDA – RESPONSABILIDAD DEL ESTADO – BICICLETA – CICLISTAS – IMPRUDENCIA


Ante la palmaria (OBVIEDAD) peligrosidad del terreno del Parque Nacional, la existencia de avisos, la ausencia de práctica y de equipamiento adecuado para senderos de montaña, sumado al desconocimiento del área, se juzga que el ciclista tuvo una conducta, al menos, imprudente.


Sumario:

1.-Corresponde confirmar el rechazo de la demanda entablada por los daños y perjuicios derivados del siniestro ocurrido al accionante mientras circulaba en bicicleta en el Sendero Bosque de Arrayanes o Quetrihué , situado en el Parque Nacional Los Arrayanes, de Villa La Angostura, Provincia de Neuquén, al que había ingresado en calidad de turista, toda vez que ante la palmaria peligrosidad del terreno, la existencia de avisos, la ausencia de práctica y de equipamiento adecuado para senderos de montaña, y el desconocimiento del área, el actor realizó el tramo inicial del itinerario sin reparar en los riesgos que ello entrañaba.


2.-Teniendo en vista los deberes a cargo de la Administración de Parques Nacionales, debe comenzarse por señalar que las especialísimas condiciones de la zona, aunadas a las advertencias que al respecto formula la autoridad administrativa, en ejercicio de la competencia legalmente establecida y en cumplimiento de las obligaciones así impuestas, hacen que la realización de la excursión importe una libre asunción de los riesgos que conlleva por parte del visitante; máxime siendo que la completa falta de experiencia del actor en senderos de estas características, de equipo y rodado adecuados, y de conocimiento previo del área (por sí o a través de un guía turístico), permiten calificar a su conducta -cuanto menos-, de imprudente.


3.-No debe pasar desapercibido que el Parque Nacional en el ocurrió el accidente, y en particular el sendero que transitaba el actor en ese momento, se preserva en su estado natural, lo que supone que estará plagado de los obstáculos propios de ese paisaje; en efecto, los parques nacionales son ámbitos de por sí agrestes, cuya flora, fauna, topografía y demás características naturales la Administración de Parques Nacionales tiene la obligación de proteger y preservar, más allá de adoptar los recaudos para mantener transitables los senderos y en ese contexto, es razonable que el camino presente un sinnúmero de accidentes y que el tránsito deba realizarse con cautela.


4.-Las características propias del lugar en que ocurrió el siniestro -en el ámbito de un parque nacional que debe ser mantenido en su estado natural- hacen que la peligrosidad del tránsito por un sendero boscoso -en bicicleta o aún pedestre- comporte un factor intrínseco o inherente a la propia travesía, lo cual trae aparejado, como lógica implicancia, que el visitante, al realizar la excursión, asuma libre, deliberada y conscientemente los riesgos que implica.


5.-Frente a la holgada extensión del itinerario, y las dificultades que presenta un camino de esta índole -caracterizado por largas subidas y pronunciadas pendientes, y repleto de obstáculos-, y la correlativa preparación física y técnica y equipo especial que se requiere, sin un guía turístico experto y con conocimiento cabal del terreno, la postura del actor, en cuanto pretende relativizar la advertencia considerándola insuficiente en orden a anoticiar a los visitantes sobre los riesgos del sendero, carece de todo andamiaje, pues en definitiva se trató de la libre y deliberada asunción de un riesgo (tránsito en bicicleta por un sendero de alta dificultad para dicha modalidad), encarado por quien carecía de toda experiencia respecto de una travesía en tales condiciones.

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