Noticias

domingo, 26 de febrero de 2023

Modelo: Contrato de Consignación

162. CONTRATO DE CONSIGNACION1

.


Entre el Sr PP CUIT…… , con domicilio en calle ……………….., denominado CONSIGNANTE, por una parte y por la otra, la Firma DD SRL, CUIT ………… con domicilio social y comercial en calle ……………….., representada en este acto por el Sr. GG DNI ………… en su calidad de Socio Gerente, en adelante CONSIGNATARIA, celebran este CONTRATO DE CONSIGNACIÓN DE OBRAS DE ARTE PARA LA VENTA, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: El CONSIGNANTE, en su calidad de artista plástico y escultor, se obliga a entregar a la CONSIGNATARIA en su calidad de propietaria de la Galerìa de Arte denominada GA, las obras de arte (pinturas-esculturas) que se enumeran en el Anexo I y que forma parte del presente, en consignación para su venta y posterior pago en las condiciones y plazos que a continuación se pactan.

SEGUNDA: Las obras de arte serán expuestas en el Salón…… de la Galería de Arte sita en ……………….. junto con obras de otros artistas nacionales y extranjeros. El precio de las Obras de Arte será el fijado en el Anexo I para cada una de las obras. El pago deberá cumplimentarse dentro de los 10 días de efectivizada la venta.

TERCERA: Los pagos fuera de término devengarán un interés mensual del…………. sobre el saldo adeudado.

CUARTA: La comisión para la CONSIGNATARIA será del (…….. .) % del precio de venta a público de las obras, que retendrá directamente una vez efectivizada la venta.

QUINTA: El plazo de vigencia del presente contrato será de…………… meses a contar a partir del día…………. con vencimiento el día…………..

SEXTA: El CONSIGNANTE declara bajo juramento que todas las obras de arte son de su autoría exclusiva. Las mismas son entregadas bajo remito, por triplicado, retendrá el original la CONSIGNATARIA devolviendo……………… copias firmadas, en los cuales insertará la fecha de recepción.

SEPTIMA: La CONSIGNATARIA se obliga a disponer las obras de arte en un ámbito seguro en cuanto a su conservación. Se obliga a asegurar las mismas por la suma total de $…………….. en la compañía de seguros……………… siendo beneficiario de la póliza el CONSIGNANTE. Asimismo deberá acreditar dicha contratación dentro del plazo de 48 hs. de la firma del presente. LA CONSIGNATARIA responderá por los daños y perjuicios que su conducta ocasione hasta la suma fijada para la venta de cada una de las obras2 . LA CONSIGNATARIA no podrá comprar ni vender para sí las obras de arte objeto del presente contrato3 .

OCTAVA: El presente contrato podrá ser resuelto por cualquiera de las partes, sin causa alguna, debiendo preavisar con una antelación………….. días. Asimismo, las partes podrán resolver el contrato mediando incumplimiento de la contraria de cualquiera de las cláusulas estipuladas con derecho a reclamar el resarcimiento de los daños que se hubiesen provocado. Sin perjuicio de ello, se fija en concepto de multa diaria por cada día de retraso en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes la suma de $…………….

NOVENA: Las partes manifiestan expresamente que entre ambas no existe ningún tipo de relación laboral ni societaria y que no resultan solidariamente responsables por obligaciones contraídas ante terceros.

DECIMA: Las partes establecen como domicilios especiales a los efectos del presente contrato los indicados en el encabezamiento, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones y declaran que, en caso de controversia, se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto a los …… días del mes de…………………. de 20..


1 ARTICULO 1335.-Definición. Hay contrato de consignación cuando el mandato es sin representación para la venta de cosas muebles. Se le aplican supletoriamente las disposiciones del Capítulo 8 de este Título.

2 ARTICULO 1338.-Obligaciones del consignatario. El consignatario debe ajustarse a las instrucciones recibidas, y es responsable del daño que se siga al consignante por los negocios en los que se haya apartado de esas instrucciones.

3 ARTICULO 1341.-Prohibición. El consignatario no puede comprar ni vender para sí las cosas comprendidas en la consignación.

No hay comentarios:

Publicar un comentario