El fallo dejó inconforme a la querella del caso, que quería una pena más dura. La fiscal sostuvo a la prensa que las condenadas no podrán salir de prisión de por vida.
Magdalena Espósito Valenti y Abigail Pérez fueron sentenciadas a prisión perpetua por el crimen de Lucio Dupuy, el nene de 5 años asesinado en La Pampa en noviembre del 2021. Sin embargo, los jueces a cargo del fallo desestimaron él los pedidos de la fiscalía y de la querella de agregarle a la pena la accesoria por tiempo indeterminado.
“El delito -por más grave que sea- no puede ser castigado con una pena de encierro perpetuo ‘un precio demasiado alto, que ni siquiera deben pagar quienes han cometido los delitos más graves de nuestro ordenamiento penal", estimó el juez Andrés Olié.
La pena implica que las dos mujeres no podrán salir de la prisión de por vida, ni tener otro tipo de beneficios, pero no está firme.
"No tienen posibilidad de salir en libertad", afirmó la fiscala Verónica Ferrero, una de las que participó de la instrucción de la causa.
Esta funcionaria explicó los alcances de la condena que leyeron los jueces del Tribunal de Audiencia Olié, Alejandra Ongaro y Daniel Sáez Zamora.
"Lo que tienen que saber que esta prisión perpetua, hoy por hoy, es una pena de por vida, no tienen posibilidad de salir en libertad. Lo establece el art 14 del Código Penal", explicó a la prensa.
El pedido del abogado querellante
En su alegato, el abogado querellante Mario Aguerrido, argumentó que esa pena se impone en los casos extremadamente graves en los que los grados de reproche y culpabilidad son muy altos, y tomó como ejemplo los casos de Arquímedes Puccio y el de los “doce apóstoles” de Sierra Chica.
Además, consideró que la estrategia de Páez estuvo "basada en la mentira" y que no mostró arrepentimiento concreto y al igual que Espósito Valenti.
La querella se mostró disconforme con la condena porque esperaba el máximo castigo que está previsto en estos casos, que es la perpetua por tiempo indeterminado, y la fiscalía anticipó que apelará el hecho de que no se condenó a la madre de Lucio por abuso sexual.
También mencionó los motivos que las impulsaron a delinquir, la naturaleza del hecho, las circunstancias que lo rodean y la extensión del daño que excede a Lucio y se manifiesta en toda su familia, además de la conmoción que el hecho ha generado a partir de las características de la víctima y sus victimarías.
No obstante, el tribunal se negó a aplicar la reclusión por tiempo indeterminado como accesoria de la pena de reclusión perpetua que le impusieron a las asesinas.
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