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sábado, 20 de agosto de 2022

Sin universidad, Ante la falta de prueba concreta, se rechaza el aumento de la cuota alimentaria a favor de la hija mayor a pesar de haber presentado constancia de alumna regular en una universidad

Partes: T. M. D. Y. O. c/ C. J. M. S. s/ incidente de aumento de cuota alimentaria



Tribunal: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Santa Cruz


Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación:


Fecha: 14 de junio de 2022


Colección: Fallos


Cita: MJ-JU-M-137831-AR|MJJ137831|MJJ137831


Atento la falta de prueba concreta, se rechaza el aumento de la cuota alimentaria a favor de la hija mayor a pesar de haber presentado constancia de alumna regular en una universidad.


Sumario:

1.-Frente a la ausencia de elementos que acrediten la continuidad de los estudios por parte de las actoras y teniendo en cuenta que no se encuentran demostrados los presupuestos prescriptos en el art. 663 del CCivCom., corresponde rechazar la demanda.


2.-Las reclamantes de la prórroga alimentaria no cumplieron con la carga de aportar al proceso los recaudos específicos que hacen a la viabilidad de su pedido conforme el art. 663 del CCivCom.; no es suficiente la mera prueba de estar inscripto en la matrícula, pues la hija debe demostrar que el régimen de esos estudios lo imposibilitan para realizar cualquier actividad rentada.


3.-El art. 663 del CCivCom. debe ser cuidadosamente interpretada, dado que no reconoce derecho a alimentos a cualquier hijo mayor de edad que se capacita, sino sólo a aquel que, por causa de dicha capacitación, no puede proveerse de los medios necesarios para su mantenimiento.


4.-En el caso sub examine, donde se reclama aumento de cuota alimentaria a favor de hijas mayores de edad que se capacitan, nos encontramos ante una consecuencia no agotada de una situación jurídica existente, esto quiere decir que estamos en presencia de una situación jurídica que se venía gestando, que no es instantánea, que no se ha consumido, sino que, por el contrario, perdura en el tiempo.

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