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viernes, 25 de marzo de 2022

Ingresos brutos: Es inconstitucional el art. 22 de la Ley 10.324 de la Provincia de Córdoba en cuanto grava la actividad que realiza la actora con una alícuota diferencial -más alta- en razón de no poseer su establecimiento en esa provincia

Partes: Kiskali S.A. c/ Córdoba, Provincia de s/ acción declarativa de certeza



Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación


Fecha: 24-feb-2022


Cita: MJ-JU-M-136261-AR | MJJ136261 | MJJ136261


Es inconstitucional el art. 22 de la Ley 10.324 de la Provincia de Córdoba en cuanto grava la actividad que realiza la actora con una alícuota diferencial -más alta- el pago del impuesto sobre los ingresos brutos en razón de no poseer su establecimiento en esa provincia.


Sumario:


1.-Es inconstitucional el art. 22 de la Ley 10.324 de la Provincia de Córdoba en cuanto grava con una alícuota diferencial -más alta- el impuesto sobre los ingresos brutos a la actividad que realiza la actora en razón de no poseer su establecimiento productivo en esa provincia, pues es evidente la discriminación que genera la legislación provincial en función del lugar de radicación del establecimiento del contribuyente, en tanto lesiona el principio de igualdad y altera la corriente natural del comercio -CN., arts. 75, inc. 13 , y 126 ), instaurando así una suerte de ‘aduana interior’ vedada por la Constitución Nacional para perjudicar a los productos foráneos en beneficio de los manufacturados en su territorio.


2.-Es formalmente admisible la acción declarativa de certeza en los términos de art. 322 del CPCCN., contra la Provincia de Córdoba, a fin de que se haga cesar el estado de incertidumbre en el que dice encontrarse frente a la pretensión de la demandada de gravar la actividad que realiza en su jurisdicción con una alícuota diferencial, pues no se trata de dar solución a una hipótesis abstracta sino que se propone precaver los efectos de la aplicación de la Ley local 10.324 , a la par de fijar relaciones legales que vinculan a las partes en el conflicto.

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