Calculo rápido
RELACIÓN DE DEPENDENCIA
Una persona que se encuentra en relación de dependencia tiene la siguiente situación previsional:
Aporte: 11% sobre su sueldo
A su vez, el empleador aporta el 16% sobre el sueldo del empleado, lo que nos da 27%.
AUTÓNOMOS
El autónomo al no tener un empleador y ser su propio patrón, deberá pagar sus contribuciones patronales (16%) y Obra Social (5%), además del 11% para la jubilación, lo que nos da un 32%.
Cuando estamos frente a lo que se aporta por cada categoría de autónomos, por ej.:
Categoría 1: $ 709
Categoría 5: $ 3.120 (director de S.A.)
*valores a marzo de 2015
Categoría I: $5.220,21.
Categoría II: $7.308,18.
Categoría III: $10.440,32.
Categoría IV: $16.704,52.
Categoría V: $22.968,62.
*valores a marzo de 2022
En estos casos, estamos suponiendo que hay un ingreso vinculado a dicho aporte, por lo que en categoría 1 dicho ingreso sería de $ 2.200 aprox. ($ 709/0,32) y categoría 5: $ 9.750 aprox. ($ 3.120 /0,32).
Categoría I: ingresos brutos anuales menores o iguales a $ 20.000
Categoría II: ingresos brutos anuales mayores a $ 20.000
Categoría III: ingresos brutos anuales menores o iguales a $ 15.000
Categoría IV: ingresos brutos anuales mayores a $ 15.000 y menores o iguales a $ 30.000
Categoría V: ingresos brutos anuales mayores a $ 30.000
5220.21/0.32►16313.15
22968.62/0.32►71776.93
Supongamos una persona que mensualmente aporte $ 3.120 como autónomo.
Este pago mensual es el 32% de su Renta Gravable (el equivalente al sueldo bruto del empleado). Es decir que la Renta Gravable sería de $ 9.750 aprox. En 2015
En 2022 22968.62/0.32►71776.93 renta gravable
Su jubilación será de:
En el año 2015
PBU: $ 1.800
P.C.: 1,5% por 30 años: 45% sobre $ 9.750: $ 4.388
Total haber jubilatorio: $ 6.200 aprox.
En el año 2022
PBU: 13.294,37 (dic 2021 RESOLUCIÓN 247/2021)
PC: 1.5 por 30 años : 45% sobre 71.776,93: 32.299.61
Total haber jubilatorio: $ 45.593,98 aprox.
El resto de las categorías estarían percibiendo la jubilación mínima.
MONOTRIBUTISTAS
El monotributista aporte siempre, independientemente de su categoría, $ 157 de jubilación, por lo que su haber jubilatorio será el mínimo del sistema. hasta el 2016. A partir del 2017 es progresiva y varia segun la categoría