En ANSES
Incluye las siguientes actividades, siempre que no se realicen en establecimientos industriales y aún cuando se desarrollen en centros urbanos:
- La manipulación y el almacenamiento de cereales, oleaginosos, legumbres, hortalizas, semillas u otros frutos o productos agrarios.
- Las que se prestaren en ferias y remates de hacienda.
- El empaque de frutos y productos agrarios propios.
- Cosecha y/o empaque de frutas en actividades reguladas por resoluciones de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (C.N.T.A.). Estarán incluidas hasta que se realice una Convención Colectiva de Trabajo que los comprenda y regule sus condiciones de trabajo y salarios (art. 3 del Decreto N° 301/13).
- Trabajadores que se desempeñen en las distintas etapas y tareas de la producción de una actividad agraria cíclica que se desarrolle dentro de un proceso temporal definido, siempre que las primeras tareas del proceso se enmarquen dentro de sus previsiones y no constituyan proceso industrial art. 4° del mencionado decreto.
Requisitos
- Edad: 57 años, sin distinción de sexo.
- Servicios: 25 años de servicios con aportes como trabajador agrario en relación de dependencia.
Documentación
DNI original.
Si tenés aportes que no están registrados en Mi ANSES > Trabajo > Historia Laboral, tenés que presentar certificaciones de servicios de tus empleadores. Si no los tuvieras, servirán como prueba: recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a obra social, Declaración Jurada que acredite los servicios.
Trámite
La presentación de la documentación se realiza al momento de iniciar tu trámite jubilatorio.
Si una persona durante su vida laboral trabajó por un tiempo en actividades de servicios comunes y otro en actividades especiales, riesgosas o insalubres, se tomarán en cuenta los requisitos de cada una para calcular la edad jubilatoria y la cantidad de aportes necesarios para su situación en particular.
Fuente
https://www.anses.gob.ar/jubilados-y-pensionados/informacion/trabajador-agrario
No hay comentarios:
Publicar un comentario