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lunes, 1 de noviembre de 2021

Divorcio sin conflicto y sin abogado

Quienes solicitaron el divorcio por mutuo acuerdo sin existencia de hijos menores ni conflictos patrimoniales no deben presentarse con patrocinio letrado individual



Partes: R. A. G. y otro/a s/ Divorcio por presentación conjunta


Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora


Sala/Juzgado: I


Fecha: 19-oct-2021


Cita: MJ-JU-M-134916-AR | MJJ134916 | MJJ134916


Quienes solicitaron el divorcio por mutuo acuerdo sin existencia de hijos menores ni conflictos patrimoniales no deben presentarse con patrocinio letrado individual.


Sumario:


1.-En aquellos procesos de divorcio en los cuales no se adviertan conflictos entre los peticionantes ni se observen posibles perjuicios a los intereses de alguno de los integrantes del grupo familiar, no se justificaría -en principio- la exigencia de un patrocinio letrado individual.


2.-No corresponde exigir a los peticionantes del divorcio un patrocinio letrado individual, toda vez que han manifestado que la separación se produjo en términos cordiales en el año 2013, que sus hijos son mayores de edad y que en forma privada dividieron el patrimonio perteneciente a la comunidad, presentando únicamente un convenio de compensación como único punto que requeriría homologación.


3.-El CCivCom. regula el instituto del divorcio en los arts. 437 y 438 , en los cuales si bien establece diferentes requisitos y ciertas pautas referidas al proceso, nada estatuye en torno a la necesidad de que el patrocinio letrado deba ser individual.