Se establece el procedimiento de registración, autenticación y autorización de usuarios denominado “Clave Fiscal”, a fin de habilitar a las personas humanas a utilizar y/o interactuar -en nombre propio y/o en representación de terceros- con los servicios informáticos disponibles en el sitio “web” https://www.afip.gob.ar.
A efectos de simplificar la consulta y aplicación de las normas vigentes a través de su ordenamiento, revisión y actualización, AFIP sustituye la resolución general 3713 y unifica en un solo cuerpo normativo la totalidad de los actos dispositivos relacionados con la materia.
El objetivo es establecer mecanismos que simplifiquen los trámites y promuevan la utilización de nuevas tecnologías orientadas a preservar la seguridad, confidencialidad e integridad de la información y que, al mismo tiempo, permitan facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y responsables.
Se optimiza la utilización del “Software-Token” como medio de autenticación para el acceso a los servicios informáticos que requieran Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 4, mediante la implementación de un segundo factor de autenticación.
Además, se habilita de modo permanente el servicio informático “Presentaciones Digitales” para los responsables que requieran acreditar su carácter de representantes legales de personas jurídicas, apoderados de personas humanas o bien, cuando soliciten registrar su condición de usuario especial restringido, según corresponda.
