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miércoles, 10 de marzo de 2021

Filmó a su pareja mientras tenían sexo sin permiso

El hombre vendó los ojos y ató las manos de la mujer teniendo sexo, y la fimó. Ella lo demandó. Lo jueza dijo que hubo violencia de género digital


Una jueza de Buenos Aires ordenó este lunes que un hombre realice un tratamiento psicológico especializado en violencia de género por filmar a su pareja sin consentimiento mientras mantenían relaciones sexuales. 

Según relató el fiscal federal Maximiliano Hairabedián en Twitter, durante un encuentro sexual, un hombre le propuso a una mujer vendarle sus ojos y atar sus manos.

Un hombre fue condenado por la justicia a someterse a un tratamiento psicológico por filmar sin permiso a su pareja mientras tenían sexo.


El hecho ocurrió cuando, durante el acto sexual, el hombre vendó los ojos y ató las manos de la mujer, y registró la escena con una cámara sin su consentimiento.


Una vez que la mujer se enteró de lo sucedido, decidió demandarlo ante la justicia, obteniendo como respuesta la condena de parte de la jueza que determinó que hubo "violencia de género digital".


Lo que se sostiene es que, aprovechándose del estado de vulnerabilidad de la víctima, el sujeto registró la escena con una cámara Go-Pro.

La mujer desconocía la existencia de la cámara y al enterarse, realizó una demanda contra el individuo.

La jueza determinó que existió "violencia de género digital: una nueva forma de violencia contra las mujeres, relacionada con el alcance cada vez más amplio de internet, la rápida propagación de la información móvil y el uso generalizado de las redes sociales".

Además, la magistrada determinó que se eliminaran los vídeos y prohibió la difusión de las imágenes íntimas de la mujer.


Más violencia digital 

Debido al incremento de casos de violencia digital, en varias instituciones se empezó a estudiar el tema.

El Centro de Protección de Datos Personales de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de su Observatorio de Derechos en Internet (ODEI), promueve la investigación y el monitoreo del ejercicio de los derechos humanos en el entorno digital; la incidencia en políticas públicas sobre derechos humanos, tecnología e Internet y la promoción del uso responsable de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), lo que implica entre sus tareas la elaboración de propuestas para el diseño de políticas públicas, investigación y capacitación.

Desde el ODEI, junto con el Centro de Ciberseguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (BA-CSIRT), se advierte que estas conductas son perpetradas cada vez más mediante el entorno digital. Por este motivo, presentaron un trabajo sobre violencia digital contra la mujer que brinda una clasificación conceptual sobre los distintos tipos de violencia y su encuadre normativo, formula recomendaciones para su prevención, y ofrece una guía sobre los organismos que asesoran, orientan y reciben denuncias ante casos de violencia.

Violencia contra la mujer

La violencia contra la mujer comprende toda conducta, acción u omisión que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes.


Se considera violencia indirecta toda conducta, acción, omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón.


La "violencia digital" se define como la que afecta la reputación digital de las mujeres al lesionar alguno o varios de sus bienes y/o derechos digitales, como la reputación, la libertad, la existencia, el domicilio, la privacidad y la inclusión digitales o afecta cualquier otro aspecto de su acceso y desenvolvimiento en el ámbito virtual.


¿A qué se refiere el concepto de violencia digital?

Si bien las TIC son recursos de gran impacto favorable en el ejercicio de los derechos de las mujeres, también lo son para su desvalorización y deslegitimación, porque el entorno virtual es un espejo de las relaciones de poder en la sociedad, y de los comportamientos y ejercicios discriminatorios y violentos en sus múltiples manifestaciones.


La multiplicación de la violencia en entornos digitales está promovida por la protección que le ofrece el anonimato al agresor, y la facilidad de viralización y el poder de daño consecuente.


¿A qué se refiere la violencia contra la mujer "en línea"?

La violencia de género en línea constituye una violación de los derechos humanos porque es una forma más de violencia y discriminación contra las mujeres que se manifiesta en acciones ejercidas contra las mujeres por el solo hecho de serlo.


La violencia de género en línea contra las mujeres, adolescentes o niñas son aquellos actos cometidos, instigados o agravados, en parte o totalmente, por el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), a través de teléfonos móviles, Internet, plataformas de redes sociales, correo electrónico o cualquier otro medio de transmisión de datos.

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