Noticias

lunes, 1 de febrero de 2021

Consulta RESERVA DE PUESTO Y OBRA SOCIAL

 Un empleado que se encuentra en reserva de puesto no es atendido en hospital público argumentando que él ya dispone una obra social. Cuando explica que no puede hacer uso de ella por encontrarse bajo la licencia referida le solicitan que lleve al hospital una credencia de AFIP de Reserva de Puesto. ¿Por qué medio se puede obtener esa credencial? ¿Tiene igual validez una nota de la empresa que constate la situación del empleado?



Cuando un trabajador se encuentra en reserva de puesto, el empleador tiene que presentar el F. 931 todos los meses. En Situación se coloca 14 - Reserva de puesto, y la atención médica se la tiene que dar la obra social.


La Ley N° 23.660 en el artículo 10 dispone que 

"el carácter de beneficiario otorgado en el inciso a) del artículo 8 y en los incisos a) y b) del artículo 9 de esta ley subsistirá mientras se mantenga el contrato de trabajo o la relación de empleo público y el trabajador o empleado reciba remuneración del empleador, con las siguientes salvedades: ... b) En caso de interrupción del trabajo por causa de accidente o enfermedad inculpable, el trabajador mantendrá su calidad de beneficiario durante el plazo de conservación del empleo sin percepción de remuneración, sin obligación de efectuar aportes."


Por lo expuesto, si el empleador denunció correctamente la situación en el F. 931, la obra social no puede negarle la atención.

No existe una credencial de Afip que acredite esa situación.

No hay comentarios:

Publicar un comentario