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lunes, 21 de diciembre de 2020

Se computa el impuesto pais en el regimen de la rg 4003/2017

 Res. Gral. 4885/2020 - Percepción 35% «Dólar» - Cómputo en la Liquidación Anual/Final



Impuesto a las Ganancias. Régimen de retención. Resolución General Nº 4.003, sus modificatorias y complementarias. Cómputo de la percepción regulada por la Resolución General Nº 4.815.


ARTÍCULO 1º.- Incorporar como inciso d) del Apartado G del Anexo II de la Resolución General Nº 4.003, sus modificatorias y complementarias, el siguiente:


“d) El importe percibido en virtud del régimen de percepción de la Resolución General N° 4.815”.


ARTÍCULO 2º.- El sujeto pasible de la percepción del régimen de la Resolución General Nº 4.815 podrá acceder a través del sitio “web” institucional con la respectiva “Clave Fiscal”, al servicio denominado “MIS RETENCIONES” aprobado por la Resolución General Nº 2.170 y su modificatoria, para consultar la información relativa a las percepciones que le fueron practicadas conforme al régimen de que se trata, obrante en los registros de este Organismo.


ARTÍCULO 3º.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.


ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

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