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miércoles, 16 de diciembre de 2020

Regimen de retencion impuesto a las ganancias e ITI. Caso particular

Regimen RG 2139/2006 Retencion impuesto a las ganancias transferencias de inmuebles (general)

Regimen RG 2141/2006 Retencion impuesto a la transferencia de inmuebles (ITI) (particular)

 Una Sociedad Anónima Uruguaya vende un inmueble rural en Argentina, el escribano ¿debe retener el impuesto a las ganancias ¿cuál es la alícuota a aplicar

La venta de ese inmueble estará alcanzada por el impuesto a las ganancias. 3% alícuota. De conformidad con lo establecido por la Resolución General N 2139, al tratarse de un sujeto del exterior, deberá tramitarse un certificado de retención por medio del programa aplicativo "Transferencia de Inmuebles - Versión 30".



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