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martes, 15 de diciembre de 2020

El "paso a paso" para pedirle a la AFIP la devolución por la compra de dólares (año 2015)

Enterate cómo recuperar las retenciones por "dólar ahorro" y "dólar tarjeta" de 2015 en la web del fisco.

Pedir la devolución de las retenciones que hizo la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) durante los años pasados por las compras de "dólar ahorro" y los consumos de "dólar tarjeta" suele ser un dolor de cabeza. 


CLAVE FISCAL


El trámite es online y se realiza en la web de la AFIP, en "Acceso con Clave Fiscal". Para efectuarlo, el contribuyente debe tener una Clave Fiscal Nivel 3. De no contar con el password, deberá solicitarlo en la sucursal de la AFIP correspondiente a su domicilio. 


IMPUESTO A LAS GANANCIAS


El siguiente paso es constatar la situación del contribuyente respecto del Impuesto a las Ganancias. Quienes ganen más de $ 250.000 brutos al año están obligados a presentar la declaración jurada por Ganancias, paguen o no el impuesto cada mes.

La declaración jurada para el periodo fiscal 2015 debió presentarse antes del 31 de enero, a través del formulario F-572web. Además de los cargos por compra de dólares o consumos en el exterior, el contribuyente debió cargar el resto de la información solicitada (grupo familiar y deducciones).

Si no presentó la declaración jurada o no se inscribió en Ganancias, el usuario deberá realizar trámites ante la sucursal de la AFIP cercana a su domicilio para empezar a solicitar lo que le retuvieron. Es un camino más largo y sinuoso.

Si el empleador retiene regularmente el impuesto a las Ganancias, las devoluciones fueron más o menos automáticas y se realizaron cada vez que el usuario cargó lo correspondiente al dólar ahorro (20%) o dólar tarjeta (35%) en su declaración jurada.


Puede ocurrir que haya quedado un saldo a favor del empleado. O que el trabajador no haya sido alcanzado por el tributo, por lo que el saldo a su favor es del 100%. Es el momento de pasar al formulario F-746/A.


EL CBU


El siguiente paso es informarle a la AFIP el CBU de la cuenta bancaria en la que el contribuyente desea recibir el reintegro. La opción está en el menú inicial y se llama "Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social".


EL FORMULARIO


Deberán presentar el formulario F-746/A los contribuyentes no inscriptos en Ganancias ni en Bienes Personales, aquellos inscriptos únicamente en Bienes Personales y los Monotributistas.

Para llegar al formulario desde la web de la AFIP hay que seleccionar "Acceso con Clave Fiscal" y en el siguiente menú, "Mis Aplicaciones web".


Si este botón no aparece entre las opciones, habrá que traerlo desde "Administración de relaciones con clave fiscal" y, desde ahí, "Adherir servicio". Luego se debe seleccionar "AFIP" y "Servicios interactivos". La opción buscada está en la larguísima lista que se despliega a continuación.


LA CARGA DE DATOS


En "Mis aplicaciones web", el usuario debe seleccionar "Nuevo" y elegir de la lista de formularios el F-746/A. Habrá que crear un formulario por cada mes en el que la AFIP retuvo dinero.


Aparecerán de forma automática las percepciones ya acreditadas en "Mis Retenciones". Si hay cargos adicionales por pedir, se deberán cargar de forma manual en "Percepciones no registradas en Mis Retenciones". Es importante tener a mano el resumen de la tarjeta de crédito o los detalles de la compra de divisas del mes en cuestión para cargar los datos.


El siguiente paso es consolidar el dinero a pedir, en "Obtener monto total de percepciones a tramitar en devolución". Y -¡por fin!- "Presentar".


A ESPERAR


La AFIP deberá aprobar el formulario, pero eso no significa el reintegro automático del dinero. El organismo saldará hasta agosto las cuotas correspondientes a las devoluciones de los años 2012 a 2014. Luego pagarlá lo correspondiente a 2015.


Si el contribuyente no recibe la plata, es probable que la AFIP haya constatado una deuda o situación irregular por Bienes Personales o Monotributo. En ese caso, hay que contactarse con el organismo y tramitar el pago de lo adeudado.

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