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miércoles, 16 de diciembre de 2020

Allanamientos en Estudios contables

Requisitos para solicitar un veedor del CPCE de CABA


  • Comunicarse con Gerencia Técnica a los siguientes teléfonos 5382-9600.
  • Denunciar Nombre, Apellido, Tomo y Folio del profesional matriculado sujeto al allanamiento.
  • Denunciar domicilio donde se produce el allanamiento (deberá tratarse del Estudio Profesional).
  • Informar datos del Órgano que ordena la medida (Nº de Juzgado y Secretaría, Nombre de la causa y número de expediente).
  • Indicar responsable del allanamiento y teléfono de contacto.

Información útil

La autoridad que ordena la medida tiene la obligación legal de dar aviso al Consejo Profesional y permitir la presencia de un Veedor.

El profesional allanado tiene la facultad de solicitar un Veedor en caso que no hubiera sido solicitado previamente.

La orden judicial puede cumplirse aunque no se encuentre presente un Veedor, su ausencia no provoca la suspensión de la medida ni su demora.

La autoridad a cargo del allanamiento debe cumplir la orden íntegramente que ha sido dictada por autoridad competente.

Al comienzo de la medida debe notificarse su alcance (contenido de la orden de allanamiento).

No debe registrarse ni secuestrarse aquello que no estuviera expresamente comprendido en la orden de allanamiento.

El Veedor proporcionado por el Consejo Profesional se hará presente munido de la credencial que lo identifica.

Al finalizar la medida se labrará un acta.

El profesional allanado podrá solicitar que se asiente en el acta de allanamiento lo que estime conveniente. 

https://www.cpcesfe2.org.ar/wp-content/uploads/2017/11/informacion-unificada-allanamientos-para-web.pdf

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