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sábado, 31 de octubre de 2020

2 datos mas que interesantes en materia de JUBILACIONES/DERECHO PREVISIONAL

 Link para ingresar a SICAM con clave de ANSES (no pasas por AFIP)

En caso de tener deuda en algun periodo por monotributo o autonomos, y esos años NO los necesitas para tener los 30 años de aporte porque los tenes en exceso podes RENUNCIAR, a ellos, ya que ANSES te pide que no tengas deuda.


link sicam con cuss

https://servicioscorp.anses.gob.ar/clavelogon/logon.aspx?system=sicam


LEY 25.321

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/60000-64999/64553/norma.htm

ARTICULO 1º — Los trabajadores que completen los años de servicios y los aportes requeridos para acceder al beneficio jubilatorio de acuerdo a las leyes correspondientes, podrán renunciar a los meses trabajados en calidad de autónomo, que excedieren o hubieren sido simultáneos a dicho período, caducando a tal efecto la deuda exigible por esos lapsos.

En SICAM, se ejerce en la pestaña de beneficios, art 1 ley 25.321, indicando el periodo que se renuncia.

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